Pena de prisión a los dueños de una discoteca por ruidos

JOSECHU GUILLAMÓN
-

Los dos acusados perjudicaron la salud de los denunciantes, a los que tendrán que compensar con 15.000 euros

El Juzgado de lo Penal 1 ha condenado a los dueños de una discoteca de Fuenteálamo a 10 meses de cárcel, 1.600 euros de multa y un año de inhabilitación para realizar cualquier profesión relacionada con la explotación de locales de ocio por el ruido que ocasionaba el negocio que regentaron en diferentes momentos, y que dañó la salud de sus vecinos, a los que tendrán que indemnizar con 15.000 euros.

Según la sentencia, hacia 1987 se construyó la casa de los denunciantes, J.M.C. y J.Z.L., en un terreno cedido por los padres de J.Z.L. En aquel momento ya existía una edificación en el terreno colindante, también cedido por los padres de J.Z.L. a la hermana de éste y al hoy acusado M.G.B., mayor de edad y sin antecedentes penales. J.Z.L. y J.M.C. construyeron su vivienda utilizando como pared medianera la ya existente, propiedad de J.M.C. y su mujer, sin que haya resultado probado si lo fue de mutuo acuerdo o por decisión unilateral de aquéllos, aceptada por éstos por la relación de parentesco existente.

En 1995, M.G.B. procedió a abrir en el garaje de su vivienda una discoteca, habiendo elaborado para ello el correspondiente proyecto y obtenido por el Ayuntamiento licencia municipal. Sin embargo, con el paso del tiempo se dieron los primeros problemas de ruidos de acuerdo con la Ordenanza de Medio Ambiente del consistorio local.

La situación se prolongó durante todos los fines de semana y en horario nocturno hasta el año 2000, y produjo una alteración grave de la calidad de vida de los ocupantes de la vivienda, que en diversas ocasiones se vieron obligados a abandonar su casa para ir a dormir a la de otros familiares, con graves efectos perjudiciales para su salud.

Pero en el mes de marzo de 2010 la discoteca fue abierta por el acusado F.J.S.A., mayor de edad y sin antecedentes penales, que explotó el negocio desde dicha fecha hasta junio de 2011. Según la sentencia, el acusado abrió la discoteca sin realizar ningún tipo de adaptación del local para ajustarse a la normativa y pese a carecer de la correspondiente licencia municipal, ya que la misma fue denegada por el Ayuntamiento. Los problemas a los vecinos colindantes se reprodujeron.  A consecuencia de estos hechos, J.M.C. sufrió cefalea tensional, acompañada de insomnio que requirió tratamiento y J.Z.L. sufrió ansiedad, insomnio y sintomatología depresiva, que precisó de tratamiento psiquiátrico para su curación, si bien los síntomas persistieron al menos hasta el año 2012.