Investigan al alcalde y a una edil de Bogarra por una presunta prevaricación

E.F.
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El Juzgado de Alcaraz acaba las diligencias previas y abre un procedimiento abreviado

Miguel Sánchez, alcalde de Bogarra. - Foto: Rebeca Serna

La juez responsable del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Alcaraz investiga al alcalde de Bogarra, Miguel Sánchez, y a la concejal de Urbanismo, Marina Morcillo, por presuntos delitos de prevaricación y contra la ordenación del territorio.

Fuentes judiciales confirmaron ayer este extremo, así como la decisión de la juez de dar por cerrada la fase de diligencias previas y abrir un procedimiento abreviado, como parte de las investigaciones. También señalaron que el alcalde -no así la concejal de Urbanismo- ha recurrido esta última decisión, aunque por el momento la juez no se ha pronunciado sobre este recurso.

De acuerdo al auto en el que la  juez notifica a las partes esta decisión, al que ha tenido acceso La Tribuna de Albacete, ha quedado «indiciariamente» acreditado que  Miguel Sánchez «autorizaba verbalmente» la realización de construcciones en el término municipal «sin realizar los trámites administrativos preceptivos y sin previa comprobación de la calificación urbanística del suelo en el que se pretendía construir».

Además, señala que tanto el alcalde como la concejal, aún sabiendo que las construcciones eran irregulares, les permitía encharse a los servicios básicos -agua, luz, basuras, alcantarilado-  y que llegó a permitir la ocupación de la vía pública con materiales de construcción y para obras que carecían de licencia.

Por último, indica que «habiendo visitado los núcleos de las pedanías de Dehesa del Val y Yeguarizas y habiendo visto las nuevas edificaciones construidas, silenció tal circunstancia a los efectos de inicio del procedimiento sancionador correspondiente».

de modo ‘arbitrario’. Se afirma, además, que «las resoluciones adoptadas por Miguel Sanchez Sanchez y Marina Morcillo Garcia se realizaban de modo arbitrario, sin sujeción a trámite administrativo alguno y sin comprobación del cumplimiento de las edificaciones de la normativa urbanística o la calificación del suelo sobre el que se levantaban».

El auto señala, además, que se apreciaron «contradicciones» en las declaraciones testificales de ambos cargos públicos cuando se les preguntó sobre los indicios antes detallados.

Asimismo, se indica que, entre las obras que se autorizaron «verbalmente», había construcciones que se edificaron «tanto en suelo rústico como en suelos considerados de especial protección (LIC y ZEPA)».

También se señala que otros testigos manifestaron que el propio alcalde les explicaba cómo realizar los enganches a los servicios públicos y que el municipio percibía tasas por estos mismos servicios, «de donde resulta también elconocimiento y aquiescencia con la realización de construcciones en zonas no permitidas».

Se hace constar, por último, que las actuaciones contaban con el «informe desfavorable» de la arquitecta municipal y que, pese a todo ello, no se instó «expedientesancionador alguno contra los titulares de tales edificaciones» por parte del Ayuntamiento.