La Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha condenado a un año de prisión a un hombre por tirarles unos pasteles a dos concejales del Ayuntamiento de Balazote, al considerarlo responsable de un delito de atentado. La sentencia también establece que el acusado se haga cargo de las costas del juicio.Hay que señalar que el Tribunal no ha tenido en cuenta la atenuante de arrebato u obcecación, ya que «la situación de arrebato no puede confundirse con el acaloramiento que suele acompañar al agente en la comisión delictiva», además en este caso el acusado «previamente había ya adquirido los pasteles o tartas y los llevó a la reunión, lo que exige un tiempo suficiente que apunta a la frialdad o premeditación suficiente excluidora del arrebato invocado».