Los traslados de las maltratadas se tramitarán en dos semanas

AGENCIAS
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Las peticiones de acogida de mujeres que sufren violencia de género y sus hijos en casas de una Comunidad distinta de la que proceden serán atendidas en un plazo inferior a 15 días

Los traslados de las maltratadas se tramitarán en dos semanas

 
Las mujeres maltratadas y sus hijos podrán trasladarse a casas de acogida de una Comunidad distinta a la que residen en un plazo máximo de 15 días desde la recepción de la solicitud, o en 24 horas en caso de que sea una situación de máximo riesgo, según se desprende del acuerdo firmado ayer entre el Ministerio de Sanidad y las distintas regiones. 
Se trata del Protocolo de derivación entre las comunidades autónomas para la coordinación de sus redes de centros de acogidas de mujeres víctimas de violencia e hijos, unas pautas comunes de actuación, al que se adhirieron todas las regiones, salvo Cataluña y el País Vasco «por motivos competenciales», según explicó al término de la Conferencia sectorial de Igualdad la secretaria de Estado de Servicios Sociales, Susana Camarero. 
Así, se establece un marco global de actuación de acuerdo con las premisas de la seguridad, la recuperación y la confidencialidad de las víctimas y sus hijos. 
De esta forma, las comunidades autónomas de origen de la propia maltratada, las de procedencia y las de acogida asumirán los costes de dicho desplazamiento. 
Además, cuando llegue la unidad familiar al nuevo centro, los vástagos serán escolarizados de inmediato y a la madre se le aplicarán los recursos y servicios que su situación concreta haga necesarios, al igual que el itinerario profesional de asistencia pertinente. 
Si la mujer carece de medios, el gasto lo asumirá la comunidad de origen y se abre la posibilidad de que tanto la de procedencia, como la de destino, acuerden el reparto de costes. Asimismo, si la madre y los menores tuvieran que regresar al punto desde el que han llegado, por obligaciones del proceso judicial, o causa justificada, se informará a la región para que facilite el alojamiento y la protección necesarias. 
Finalizada su estancia en el centro de la región de recepción, podrá decidir si fija su residencia en dicho territorio, en cuyo caso se le aplicarán los recursos allí existentes.
 
GRANDES AVANCES. «Estamos ante una medida que refuerza la seguridad a víctimas y menores a su cargo, que maximiza los recursos, mejora coordinación entre administraciones y consolida nuestro país como el más avanzado en la protección de la violencia de género», celebró Camarero. 
Sobre el momento a partir del cual se podrá activar el protocolo, la delegada del Gobierno para la Violencia de Género, Blanca Hernández, aseveró que se contempla un sistema amplio de la acreditación de la condición de víctima. 
Es más, sostuvo que algunas comunidades autónomas han especificado que querían que fuera la denuncia, y otras han dado por válido un modelo amplio, apuntando, por ejemplo, a que en casos de mayor riesgo o necesidad de protección baste con un certificado de asuntos sociales. 
Según el ministerio, los requisitos para proceder al traslado son que la víctima tenga la resolución judicial (una orden de protección), o bien un informe del ministerio fiscal en el que se diga que hay motivos bastante acreditados de que hay indicios de violencia de género o puede volver a haberla. 
Excepcionalmente, en casos urgentes de peligro o riesgo para la vida de la víctima, según este protocolo, bastará con que la comunidad de origen envíe a la de acogida un informe del Centro de la Mujer, del servicio social, organismo de igualdad o equivalente.
La Conferencia Sectorial también aprobó Las Pautas para la intervención individualizada de las víctimas de malos tratos y de los menores a su cargo, lo que supondrá una mayor coordinación de los profesionales de las distintas áreas (psicológica, judicial...etc).