El autor del crimen de La Pulgosa será juzgado por varios delitos

JOSECHU GUILLAMÓN
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El hombre que violó a una mujer en 1984 y disparó contra una pareja en 1985 se enfrenta a cinco años de prisión por atracar a un taxista y robar su vehículo junto a su hermano

Los hermanos serán procesados en el Juzgado de lo Penal 2. - Foto: Rubén Serrallé

El autor del crimen de La Pulgosa, J.J.M.S., volverá a sentarse en el banquillo de los acusados, en esta ocasión junto a su hermano, por atracar a un taxista y robarle su vehículo. El juicio tendrá lugar el próximo 3 de septiembre, en el Juzgado de lo Penal 2.

El fiscal pide para J.J.M.S. una pena de cinco años de prisión, que no se acerque ni se comunique con su víctima en un plazo de ocho años y que junto a su hermano A.M.S., lo indemnice con 1.452,77 euros por los gastos de reparación del taxi de su propiedad y en la cantidad de 563,4 euros por el dinero que perdió al no trabajar mientras el coche estaba en el taller.

El hermano también se enfrenta a un año más de cárcel por conducir ebrio el taxi y sin carnet.

LOS HECHOS. Según explica el fiscal en su escrito de acusación, sobre las 0,05 horas del día 7 de abril de 2014, los acusados J.J.M.S. -ejecutoriamente condenado el día 26 de marzo de 1986 a la pena de 30 años de prisión por la comisión de un delito de asesinato y de violación y en enero de 2009, a la pena de 3 años y 6 meses de prisión por la comisión de un delito de robo con violencia-, y A.M.S. -con antecedentes por conducir sin permiso, por robo y por conducir ebrio-, actuando de común acuerdo, llamaron por teléfono al servicio de tele taxi de Albacete.

Cuando llegó el taxi conducido por J.M.L.G., A.M.S. se montó en el asiento del copiloto y el acusado J.J.M.S. en los asientos traseros.

Tras indicarle al conductor que los llevara a un bar de alterne existente en la carretera de Valencia, al llegar el taxi a la altura de la rotonda que hay en la confluencia entre la Avenida de La Mancha y la Carretera de Valencia, los acusados le dijeron al conductor que detuviera el vehículo.

Una vez parados, el acusado A.M.S. le colocó al taxista un cuchillo en el cuello, mientras el acusado J.J.M.S. intentaba inmovilizarlo, a la vez que le exigían bajo amenazas de muerte que les diera todo el dinero y las llaves del vehículo.

El taxista comenzó a forcejear con los acusados, consiguiendo zafarse de los mismos y escapar del interior del automóvil.

Seguidamente el acusado A.M.S., se sentó en el asiento del conductor y comenzó a conducir el taxi, hasta que debido al exceso de velocidad se salió de la carretera por el margen derecho, quedando inmovilizado el vehículo fuera de la calzada.

El acusado A.M.S., carecía de permiso de conducir vehículos de motor y ciclomotores, al no haberlo obtenido nunca, habiendo además ingerido previamente a ocurrir los hechos una importante cantidad de alcohol que le mermaba sus facultades para conducir, siendo sometido a las pruebas de alcoholemia, en las que dio positivo.

El taxi anteriormente referido era propiedad de J.M.R.G. y como consecuencia del siniestro, sufrió daños cuyo coste de reparación ascendió a la cantidad de 1.452,77 euros, habiendo estado el vehículo si prestar servicio durante tres días, generando un lucro cesante a razón de 187,8 euros diarios.