La estufa que llegó al Supremo

MARCELO ORTEGA
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El tribunal confirmó la injusticia de una sanción a un brigada de la Guardia Civil de Alcaraz que autorizó una salida de humos en un piso

Un par de años después el Tribunal Supremo ha confirmado la injusticia en el expediente disciplinario abierto a un brigada de la Guardia Civil del puesto del Alcaraz, sancionado con cinco días de pérdida de empleo y sueldo por una falta grave. El motivo, haber autorizado que un guardia hiciera un agujero de 20 centímetros de diámetro en una pared común para sacar los tubos de una estufa  con la que calentar la vivienda donde vivía su familia.

La sanción consideraba que la negligencia del brigada fue «eludir la tramitación o resolución de cualquier asunto profesional u omitir conscientemente una actuación a la que venga obligado por su función, destino o cargo». Ahora el Tribunal Supremo desestima el recurso de la Abogacía del Estado contra una sentencia de septiembre pasado dictada por el Tribunal Militar Central que ya daba la razón al brigada. La sanción queda sin efecto.

La sentencia se puede consultar en la jurisprudencia del Tribunal Supremo, y fuentes de la Asociación Unificada de Guardias Civiles en Albacete consultadas por este diario indicaron que conocían el caso, lamentando el tiempo transcurrido hasta que hay un fallo judicial que deja en nada el expediente disciplinario: «La pérdida de cinco días de sueldo y empleo es una cosa, pero por una falta grave el sancionado no puede optar a condecoraciones, pierde derechos para asistir a cursos, promoción profesional...».

En este caso un agente del mismo puesto de Alcaraz había pedido el permiso para hacer una obra «que era para calentar una casa donde vivían niños pequeños», pero un capitán «corrigió» la negligencia administrativa del brigada que autorizó esa obra.

Para AUGC, es «un ejemplo del uso ligero que se hace del régimen disciplinario».

PERMISO PEDIDO. La resolución del Supremo documenta que fue en 2011 cuando se pidió el permiso para esta salida de humos correspondiente a «una estufa de orujo o cáscara de almendra». Antes la Junta de Pabellones de Zona había autorizado la instalación de aparatos de aire acondicionado en espacios comunes de cualquier pabellón. En este caso, el agente que pedía hacer las obras las iba a sufragar. Los fundamentos jurídicos de la sentencia analizan en detalle el asunto para concluir que el recurso de la Abogacía del Estado no se estima, y la sanción queda como estaba merced a la sentencia de septiembre pasado, es decir, sin efecto. Eso sí, fuentes de AUGC indicaron que la estufa de la discordia se retiró en su momento. Fue ese mismo cuartel de la Guardia Civil de Alcaraz el que en el invierno de 2010 había sufrido una explosión en la caldera de la calefacción, ubicada en un sótano del acuartelamiento.