El número de farmacias crece un 9% en la región en cuatro años

LUIS J. GÓMEZ
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La Junta se basa en este aumento de las oficinas y en la contracción del gasto para sacar un decreto que flexibiliza los horarios de atención al público, sobre todo en zonas rurales

El número de farmacias crece un 9% en la región en cuatro años - Foto: Yolanda Lancha

En Castilla-La Mancha se siguen abriendo farmacias. Así lo expone el nuevo decreto que ha sacado la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales para establecer sus horarios, servicios de urgencia y vacaciones. La nueva regulación, que se publicó el martes en el Diario Oficial, expone en su preámbulo que en los últimos cuatro años se ha producido un incremento del 9% del número de oficinas de farmacia. Asimismo señala que el valor medio de los medicamentos dispensados se ha reducido en el 23% por la contracción del gasto del Sescam. Desde la Junta se basan en estos argumentos para modificar algunas condiciones de trabajo de estas oficinas de farmacia, sobre todo fijándose en la incidencia que está teniendo la crisis en los establecimientos que están en zonas rurales. Y son unos cuantos. Tal y como explica la Consejería, la dispersión geográfica de la población de Castilla-La Mancha ha propiciado la existencia de una extensa red de farmacias, de las cuales una buena parte están en municipios con menos de 1.000 habitantes.

Por eso, el decreto permite flexibilizar los horarios de atención al público. De forma general, las oficinas tendrán que abrir de lunes a viernes siete horas diarias, divididas en cuatro por la mañana y tres por la tarde. El sábado además tendrán que abrir tres horas por la mañana. Pero ahora el decreto permite que en las poblaciones con menos de 500 habitantes las oficinas puedan hacer este horario continuo de lunes a viernes. Esta posibilidad también se permite para los municipios hasta 1.000 habitantes siempre que no tengan centro de salud.

En caso de que no opte por hacer horario continuo, una farmacia de un municipio por debajo de 500 habitantes podrá solicitar una reducción del horario mínimo. Esa reducción sería de dos tardes de lunes a viernes, o bien, de la mañana del sábado y de una tarde de lunes a viernes. También podrán solicitar esta posibilidad las farmacias en municipios de hasta 1.000 habitantes que no tengan un centro de salud con atención continuada a partir de las 15:00 horas.

Se mantiene que en núcleos de población con varias oficinas de farmacias, se podrá proponer que dos terceras partes no abran el sábado por la mañana, si así lo solicita el Colegio Oficial de Farmacéuticos, siempre a petición de los titulares. También se sigue dejando que, si se lo piden los titulares, el Colegio Oficial podrá proponer ampliaciones y reducciones del horario mínimo siempre que no supere el 20% a la semana ni el 4% a la jornada. La reducción de horario se podrá pedir en poblaciones por debajo de 5.000 habitantes. El aumento de horario, en cambio, se podrá proponer en cualquier tipo de municipio.

El decreto también mantiene los requisitos que deben cumplir aquellas oficinas que quieran tener un horario superior al mínimo oficial. Si abren hasta 9 horas al día, bastará con que esté el farmacéutico titular. Si abren hasta 12 horas, deberán contratar un farmacéutico más. Hasta las 20 horas, la obligación es la de contratar dos farmacéuticos, y por encima de las 20 horas, deberán ser tres.

A la hora de hacer guardias, la Junta permitirá que las farmacias se acojan a exenciones siempre que en su misma población o zona farmacéutica haya una oficina con un horario superior al mínimo oficial y que cubra las franjas horarias del servicio de urgencias:el servicio diurno es hasta las 22:00 horas, y el nocturno hasta las 10:00 de la mañana.