Acciones que no se han multado

N.G.
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La Ordenanza Cívica prohíbe tirar los chicles al suelo, sacudir la mopa o alfombra en la vía pública o lavar el coche en la calle

Preservar el espacio público como lugar de convivencia y civismo en el que todas las personas puedan desarrollar sus actividades de libre circulación, ocio, encuentro, reunión y recreo, con pleno respeto y dignidad a los derechos de los demás y a la seguridad y tranquilidad ciudadana es el objetivo de la Ordenanza Cívica deAlbacete, que busca prevenir todas aquellas actuaciones que puedan perturbar la convivencia, tranquilidad y seguridad ciudadana, así como la protección de los bienes públicos y de las instalaciones y elementos que forman parte del patrimonio albaceteño.

Con la normativa municipal son varias las infracciones que se sancionan, pero hay otras que pasan desapercibidas y por las que, hasta el momento, nunca se ha puesto una multa. Tirar el chicle al suelo, sacudir la mopa o alfombra en la calle y lavar el coche en la vía pública son algunas de éstas.

La concejal de MedioAmbiente, Rosa González de la Aleja, reconoció que hay algunas conductas tipificadas en la ordenanza cívica municipal que nunca se han sancionado. «Sacudir la mopa por la ventana o lavar el coche en la puerta de casa son dos de los hechos que nunca han sido multados», dijo la responsable municipal, que aunque no concretó a qué se debe, puede ser porque no se ha pillado a nadie con las manos en la masa o porque la gente está muy concienciada y sabe que estas acciones son sancionadas.

González de la Aleja explicó que a la Concejalía de Medio Ambiente llegan los expedientes incoados por los agentes de la Policía Local y por los inspectores medioambientales, y desde elNegociado se gestionan y tramitan.  Algunas de las sanciones nunca llegan a cobrarse y, en otros casos, los expedientados pueden elegir entre pagar la multa o realizar trabajos en beneficio de la comunidad.

infracciones. Cabe reseñar, en este sentido, que la ordenanza reguladora de los espacios públicos para fomentar y garantizar la convivencia ciudadana y el civismo de la ciudad de Albacete considera infracción «el tendido o exposición de ropas, prendas de vestir y elementos domésticos en balcones, ventanas, terrazas situados hacia la vía pública». La multa por tender la ropa en alguno de estos espacios asciende a 120 euros.

Y aunque mucha gente lo desconoce, también está prohibido arrojar a la vía pública cualquier tipo de objeto, en especial, colillas, cáscaras de pipas, chicles, papeles, envoltorios y otros objetos similares. En este sentido, la normativa hace referencia también a que «no se puede arrojar ningún residuo de los vehículos, ya sea en marcha o cuando se encuentren detenidos».

Tampoco está permitido que los ciudadanos viertan residuos o partículas derivadas de la limpieza de cualquier clase de objetos, como mopas, cepillos, alfombras y similares, así como arrojar agua procedente del riego de plantas, de balcones y terrazas o procedente de un equipo de climatización.

La norma municipal prohíbe, además, el transporte de hormigón con vehículo hormigonera «sin llevar cerrada la boca de descarga con un dispositivo que impida el vertido del hormigón», como también  «el desaplazamiento de los contenedores de residuos del lugar fijado, debiendo en caso de ser necesario su desplazamiento o traslado contar con la correspondiente autorización municipal».