Un juzgado de la capital obliga a Bankia a reintegrar su inversión a un accionista

MARCELO ORTEGA
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Aunque todavía cabe recurso, el fallo judicial ordena a la entidad que devuelva los 6.000 euros en acciones que el demandante compró en julio de 2011

Discurso de Rodrigo Rato, entonces presidente de Bankia, tras la salida a bolsa de la entidad. - Foto: ANDREA COMAS REUTERS

Los accionistas de Bankia en la provincia tienen una buena noticia con la que iniciar 2015: el Juzgado de Primera Instancia 7 de Albacete ha dictado una sentencia que obliga a la entidad a devolver los 6.000 euros en acciones que compró en julio de 2011 un vecino. Por el momento, el fallo judicial obliga a Bankia a pagar esos 6.000 euros más los intereses generados, y pagar las costas procesales. El motivo es claro: Bankia salió a bolsa en ese mes de julio de 2011 con «una imagen de solvencia que no era real», proporcionando una información de resultados a posibles interesados en comprar acciones que «no se correspondía con la realidad».

La justicia, por la vía civil, declara nulo así el contrato de compra que este demandante albaceteño ha hecho contra Bankia.

1.600 ACCIONES. Según figura en la sentencia, el ciudadano compró «1.600 acciones de Bankia por importe total de 6.000 euros», acciones que a fecha 18 de julio de 2014 (tres años después) tienen un valor «aproximado» de 22,16 euros. El fallo judicial, el primero de este tipo en la región, ha analizado «su la información proporcionada por Bankia» a los suscriptores de acciones fue real, o no lo fue. La respuesta es clara: Para salir a Bolsa, Bankia registró un folleto donde se definía como «la primera entidad financiera en términos de activos totales en España con unos activos totales consolidados pro forma a 31 de diciembre de 2010 por importe de 292.188 millones de euros». La sentencia añade que dicho folleto también indicaba que el beneficio proforma atribuido al Grupo Bankia, a fecha de 31 de diciembre de 2010, era de 357 millones de euros y «para el primer trimestre de 2011, era de 91 millones. En cuanto al Grupo BFA, accionista mayoritario de Bankia, dicho folleto indicaba que el beneficio consolidado atribuido al Grupo, a fecha de diciembre de 2010, era de 440 millones de euros y, para el primer trimestre de 2011, sería de 195 millones de euros.

RESCATE EN 2012. La sentencia del juzgado albacetense señala que toda esa información daba una imagen de solvencia muy alejada de la realidad: «es de sobra conocido por todos que, en mayo de 2012, Bankia tuvo que ser rescatada, es decir, precisó de la inyección de dinero público del Estado para evitar la declaración del concurso de acreedores de la entidad, dada su quiebra técnica». La sentencia alude además al informe del proceso de recapitalización y reestructuración bancaria publicado por el Banco de España el 28 de septiembre de 2012, donde se decía que el Grupo Bankia «arrojaba unas necesidades de capital de 13.230 millones de euros a 31 de diciembre de 2011 en un escenario normal-base y de 24.743 millones de euros en un escenario adversos». Asimismo, se apuntaba que «el volumen total de las ayudas recibidas por el Grupo (incluyendo la conversión de preferentes y deuda subordinada) asciende a 37.964 millones de euros».

 

PROVOCÓ EL ERROR. Para el juzgado, la imagen de «solvencia aparente» que Bankia dio en su salida a bolsa es suficiente «para provocar error» en los accionistas, y hace alusión a otras sentencias anteriores de otras provincias (Barcelona y Madrid), donde el argumento es el mismo que ahora.

Segundo Dehesa, el abogado que ha llevado esta demanda, comentó a La Tribuna que hay otras demandas a la espera de sentencia, y más en trámite o preparación: «En mi caso, tenemos aceptadas a trámite 55 demandas, y alrededor de otras 30 en espera». Dehesa señaló que el fallo judicial es «un bombazo», un argumentario para fundamentar futuras demandas y que, además, «es el primero que tiene en cuenta el informe del Banco de España de este mes de diciembre». Dicho informe, según recoge literalmente la sentencia, concluía que las cuentas anuales consolidadas e informe de gestión correspondiente al ejercicio anual terminado a 31 de diciembre de 2010, del Banco Financiero y de Ahorros, S.A. y sociedades que integran el grupo de Bankia «no cumplen con la normativa del Banco de España debido a la existencia de errores contables». Tampoco cumplían la normativa ni el documento de «Información Financiera Intermedia-Grupo BFA-Consolidado de diciembre 2010» ni el de «Información Financiera histórica anual Grupo BFA-Consolidado diciembre de 2010», una información incluida en el folleto informativo de la oferta pública de acciones. Fuentes de Bankia consultadas por La Tribuna rehusaron hacer comentarios a la sentencia, que en cualquier caso todavía es susceptible de ser recurrida.