Las vacaciones en la Junta, antes del 15 de septimbre

J.A.J
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La Dirección General de la Función Pública insta al personal autonómico, salvo los profesores de educación no universitaria, personal del Sescam y de los centros residenciales de servicios sociales, a consumir sus vacaciones antes de esta fecha

Imagen de una de las oficinas de la Administración General de la Junta. - Foto: Víctor Ballesteros

Las vacaciones, tras el descuadre de la organización habitual que ha traído la epidemia del coronavirus a todos los centros de trabajo, se han convertido en un asunto a manejar con cuidado en empresas públicas y privadas. Esto ha llevado a la Dirección General de la Función Pública de la Junta a emitir una instrucción con la cual instan, de manera general, a que el personal de la Administración autonómica consuma sus vacaciones antes del 15 de septiembre.

Quedan fuera de esta instrucción, como suele ser habitual, los profesores públicos de educación no universitaria y la plantilla del Sescam, que por las especiales características de los servicios de los que forman parte cuentan con una organización laboral diferente al del resto de la Administración regional. Pero también quedan exceptuados profesional integrados en la llamada Administración General de la Junta. Estos son personal sanitario fuera del Sescam (por ejemplo, los profesionales de la Dirección General de Salud), sociosanitario (como personal de Bienestar Social adscrito a servicios de dependencia) y al personal de los centros residenciales de servicios sociales.

 

Se perrmiten excepciones personales que puedan justificarse.

En la instrucción se explica que en la Administración regional se ha iniciado un proceso de reducción gradual de las medidas extraordinarias de restricción de la movilidad y del contacto social establecidas mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

La Dirección General de la Función Pública recuerda que ya emitió el pasado 10 de mayo una resolución donde se prevé una vuelta a la actividad presencial, gradual y progresiva, de los empleados públicos a los centros de trabajo, aprobándose un marco general para establecer medidas de carácter organizativo y preventivo y así evitar los riesgos del COVID-19 en el momento de esa reincorporación. Esto ponía fin al teletrabajo desde casa, que se impuso como alternativa laboral dadas las limitaciones impuestas por el confinamiento sanitario. Este retorno a los centros de trabajo quedó paralizado el 20 de mayo por una resolución judicial que impuso el mantenimiento de la opción del teletrabajo en la Administración regional, aunque seis días después pudo reanudarse tras declararse incompetente sobre el asunto el juzgado de lo contencioso que la emitió.

Por ello, "y dada la proximidad del periodo en el que tradicionalmente se disfrutan las vacaciones anuales, se considera necesario dictar unas instrucciones a los órganos competentes para concederlas con la finalidad de asegurar un adecuado funcionamiento de los servicios públicos" continua la instrucción, para posteriormente recomendar que estas vacaciones se consuman antes del 15 de septiembre.

La instrucción precisa que la concesión de las vacaciones también "debera hacerse atendiendo siempre a las necesidades del servicio". Aún así, se matiza que podrá eximirse del cumplimiento de la misma "en función de sus circunstancias personales, a los empleados y empleadas públicos que lo justifiquen adecuadamente".