Una sentencia considera accidente de trabajo un suicidio

N.G.
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Comisiones Obreras afirma que se trataba de un trabajador del Ayuntamiento de la capital e insiste en que se le debe dar importancia a los riesgos psicosociales

Flor Serna y Carmen Juste, en rueda de prensa.

Comisiones Obreras ha dado cuenta de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha que viene a confirmar otra del Juzgado de lo Social número 2 de Albacete, con la que se considera accidente laboral la muerte de un trabajador por suicidio. La secretaria general de CCOO en Albacete, Carmen Juste, acompañada por la responsable sindical de CCOO en el Ayuntamiento de Albacete, Flor Serna, afirmó que se trata de una sentencia que viene a decir que para que una situación de este tipo se considere accidente de trabajo tienen que confluir tres factores, que sea un empleado por cuenta ajena, que se trate de una lesión corporal y que haya un nexo de causalidad claro entre el trabajo por cuenta ajena y la lesión.

Juste declaró que este caso concreto se produjo en un trabajador laboral del Consistorio albacetense, el cual llevaba un año de baja por "estrés" y  había pedido un cambio de puesto de trabajo, que aunque se recomendó que se hiciera, no se llevó a cabo porque el servicio indicó que no era posible debido a su categoría. Debía incorporarse a trabajar un 25 de septiembre y el 24 falleció.

Carmen Juste consideró importante la sentencia porque "los riesgos psicosociales están infravalorados en las empresas y las administraciones" y añadió que se les debería dar importancia.

El sindicato pedirá reclamación de daños y perjuicios al Ayuntamiento y la indemnización por accidente de trabajo que contempla el convenio , y en la Inspección de Trabajo, a través de denuncia, solicitará el recargo de prestaciones por omisión de medidas de seguridad.