Condenan a un hombre por retener tres horas a una mujer

Josechu Guillamón
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El acusado, que tendrá que cumplir una pena de dos años de prisión, fue absuelto del delito de malos tratos del que estaba acusado, al no existir pruebas suficientes para sentenciarlo

El juicio se celebró en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial. - Foto: R. S.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha condenado a un hombre a dos años de prisión por retener contra su voluntad a una mujer durante tres horas. Además la sentencia establece que el procesado no pueda acercarse, ni comunicarse con su víctima por cualquier medio, por un periodo de cuatro años.

Según la sentencia, ha resultado probado y así se declara que el acusado, A. L., de nacionalidad marroquí y que actualmente tiene 62 años, y cuya situación administrativa en territorio español se desconoce, guiado por el ánimo de atentar contra la libertad y constreñir la voluntad de B., el día 29 de abril de 2017, estando ambos en el domicilio del acusado mantuvieron una discusión la noche anterior, en el transcurso de la cual B. le dijo que se iría. 

Encerrada.  Para impedir que la denunciante se marchara, el acusado la dejó encerrada, en contra de su voluntad, en la casa donde habitaba el acusado desde las 10 horas hasta las 13 horas aproximadamente, cerrando para ello las dos puertas de la casa, delantera y trasera, con sendos candados, con la finalidad de privar a la misma de su libertad de deambulación, reteniéndola en contra de su voluntad. Cuando el acusado regresó a su domicilio abrió los candados al ser requerido por la Guardia Civil que se encontraba en el lugar de los hechos como consecuencia de la llamada que la mujer había realizado con su teléfono móvil al 112 durante su encierro.

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