Condenado a siete años y medio de cárcel por violación

Josechu Guillamón
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El acusado, que tendrá que indemnizar a su víctima con 7.300 euros, contrato sus servicios como prostituta pero como no llevaba dinero la agredió sexualmente

Imagen de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial donde se celebró el juicio. - Foto: Rubén Serrallé

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha condenado a siete años y medio de prisión a un hombre por violar a una mujer en julio de 2017.

Además de la pena de cárcel, el Tribunal le impone una orden de alejamiento de la víctima por un periodo de 10 años, víctima a la que además tendrá que indemnizar por las lesiones que le causó, las secualas que le ha dejado y los daños morales ocasionados.

En el juicio, el fiscal solicitó una pena de nueve años de prisión por el delito de agresión sexual y un año y medio más de cárcel por un delito de lesiones, mientras que la defensa pidió la libre absolución.

Según la sentencia, los hechos tuvieron lugar sobre las 19 horas del 4 de julio de 2017, momento en el que el acusado, S.M., natural de Mali, en situación irregular en España, se acercó a una mujer que estaba sentada en un banco en la Estación de Autobuses de Albacete y entabló una conversación con ella.

La mujer se encontraba ejerciendo la prostitución, por lo que el acusado acordó con ella realizar el acto sexual a cambio de dinero, para lo cual se dirigieron por separado a una arboleda situada en la carretera de Ayora.

La violación. Al no tener dinero y decirle que le pagaría posteriormente, la prostituta se opuso a la relación acordada e intentó marcharse, ante lo cual el acusado la empujó y tiró al suelo, introduciéndole la mano en la boca impidiéndole respirar, comenzando a quitarle la ropa con ánimo libinidoso.

Ante esta situación, la mujer terminó de desnudarse ella misma, para que el acusado le sacara la mano de la boca ya que también le decía éste que si no accedía a mantener relaciones sexuales la mataba.

El procesado le introdujo el pene en la vagina sin utilizar protección hasta que eyaculó pese a que la mujer le insistía en que no lo hiciera.

A consecuencia de la agresión sexual la víctima sufrió absceso submandibular con extensión a tejido celular subcutáneo de región submentoniana y musculatura cervical, adenopatías y enfisema local, lesiones que requirieron para su sanidad tratamiento médico y quirúrgico consistente en incisión submental y disección roma para drenaje quirúrgico del absceso, lavados y colocación de tubo penrose y alimentación por sonda, con antibióticos y analgésicos sintomáticos, asi como dos hematomas en brazo derecho y escoriaciones en ambos brazos.

La mujer tardó en curar 19 días de los que siete fueron de perjuicio particular grave, y 12 dias de perjuicio exclusivamente básico, quedándole como secuela una cicatriz irregular e indurada de un centímetro en región submandibular que le perjudica estéticamente de modo ligero. El acusado no le causó lesiones genitales.