Investigan a capitán y sargento por la muerte de Gallart

Josechu Guillamón
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El Juzgado Togado Militar ve indicios de que las condiciones meteorológicas no permitirían la realización del salto paracaidista en el que murió el albacetense

Imagen del abogado de la familia del sargento Gallart, Mariano López Ruiz. - Foto: Arturo Pérez

 El Juzgado Togado Militar Territorial número 14 ha decidido investigar a un capitán y un sargento por la presunta comisión de un delito contra la eficacia del servicio con resultado de muerte, en relación al fallecimiento del sargento hellinero Rafael Gallart Martínez, con destino en el Tercio Alejandro de Farnesio 40 de la Legión, que se produjo frente a las costas de Cartagena, en un curso.

 Por ello, se ha decidido acordar la elevación de las diligencias a Sumario, por ser este el cauce procedimental adecuado para continuar la labor instructora, con el fin de esclarecer y comprobar si se produjo el delito, determinar las responsabilidades exigibles y adoptar las medidas precautorias respecto a la persona y bienes del presunto culpable.

De las diligencias que hasta la fecha se han practicado el Juzgado Togado señala que hasta el momento «se desprenden indicios racionales para entender que las condiciones meteorológicas existentes en la DZ (velocidad de viento y oleaje) no permitirían la realización del salto paracaidista en que resultó fallecido el sargento Gallart Martínez».

Además explican que el informe de meteorología emitido por el Patrullero lnfanta Cristina señalaba la existencia de «viento bonancible moderado de NNE, mar rizada, cielo despejado y buena visibilidad. Entre las 10 y 11 horas de la mañana se registran rachas de viento de entre 20 y 25 nudos. El viento predominante durante toda la mañana es el viento bonancible moderado (11-16 nudos) del NE, mar marejadilla, buena visibilidad y cielos despejados aumentando la nubosidad hacia las 13 horas», siendo la velocidad del viento máxima permitida para efectuar el salto la de 14 nudos.

El abogado de la familia del sargento Gallart, Mariano López Ruiz considera probado que al permitir que se realizara el salto hubo un comportamiento negligente. «Estimo que el haberse dictado Auto por el Juzgado Togado Militar acordando incoar procedimiento de sumario», «viene a demostrar la posible existencia de un comportamiento negligente en cuanto a la dirección y ejecución del salto paracaidista así como de la organización del mismo». 

En este sentido, señala que «el salto de los paracaidistas se debió de suspender debido a las condiciones climatológicas y estado de la mar en la zona de lanzamiento, velocidad del viento muy superior a la que las normas permiten». 

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