Condenado a 10 años de cárcel por abusar de una niña

Josechu Guillamón
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Según la sentencia, el acusado aprovechó la relación de amistad que le unía a la madre para acercarse a la menor y mantener relaciones sexuales con ella

Imagen del acusado en un instante del juicio. - Foto: Josechu Guillamón

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha condenado a 10 años y un mes de prisión a un hombre por abusar sexualmente de una niña, aprovechando la relación de confianza que mantenía con la madre, puesto que eran del mismo grupo de amigos.

En el juicio, el acusado negó haber mantenido relaciones sexuales con la niña, la cual aseguró que dichas relaciones se habían producido en varias ocasiones, en una vivienda propiedad del acusado.

Según la sentencia, el procesado, F.A.P., que en la actualidad tiene 50 años, aprovechando la amistad que tenía con A., madre de la menor de edad B . en cuanto que pertenecía al grupo de amigos de la citada progenitora, las ocasiones en que se reunían con sus respectivas familias, así como la amistad que B. y sus hermanos tenían con sus hijos, llevó a cabo un acercamiento a la citada menor, que actualmente tiene 17 años, llegando, incluso, a efectuarle diversos regalos, entre ellos una pulsera con su nombre grabado y dos tarjetas de telefonía móvil, facilitando con ello el contacto telefónico del procesado con ella y ganándose de esta forma su confianza, y todo ello con la intención de hacerle creer que la quería y conseguir una relación de carácter sexual con la misma.

De este modo, desde diciembre de 2015, cuando la menor tenía 11 años, vino manteniendo conversaciones telefónicas con ella, a través de la aplicación de WhatsApp, desde su terminal móvil, aunque la menor lo tenía al acusado registrado entre sus contactos con otro nombre, para evitar ser descubiertos. Dichas conversaciones tenían connotaciones de carácter sexual y en las mismas hablaban de ir a una casa que poseía el acusado, donde entre otras cosas el acusado le proponía quitarle el pijama y la ropa interior con la boca. Además se decían el uno al otro que se querían.

En el contexto de esa relación, el acusado, con la finalidad de satisfacer sus deseos sexuales, quedó en diferentes ocasiones con la menor en una casa de su propiedad, donde se encontraban a solas, y a la que accedían procurando que nadie los viera. El primer encuentro que mantuvieron en la casa, en fecha no concreta, estuvieron hablando y se besaron. Se sucedieron encuentros posteriores con la misma finalidad, que el acusado concertaba con la menor por vía telefónica, teniendo lugar con más frecuencia a partir de junio de 2016 y por las mañanas, contando la menor con doce años, y cuando la misma concluyó el curso escolar.

En uno de esos encuentros- en la casa cuya fecha tampoco se ha determinado, el acusado, con ánimo libidinoso y guiado por el objetivo de satisfacer sus más bajos y denostados deseos sexuales, mantuvieron relaciones sexuales de mutuo acuerdo en las que el acusado se besaba con ella, le realizaba tocamientos, llegando a producirse coito vaginal con penetración, sin utilizar preservativo y sin que conste si el acusado llegara a eyacular en el interior de la vagina de la menor. Así mismo, sin que pueda precisarse el número, aunque sí en muchas y reiteradas ocasiones de las que acudieron a la mencionada casa para mantener relaciones sexuales, además de los besos y tocamientos, el acusado introducía los dedos en la vagina de la menor, diciéndole que así no se quedaba embarazada, habiendo llegado en alguna ocasión a morderle en la vagina. Tales hechos fueron descubiertos el 24 de septiembre de 2016 por una amiga de la madre, quien había dejado a la menor bajo la custodia y cuidado de aquella ese fin de semana. El día 25 de septiembre el acusado había quedado con la menor para ir a la casa con el mismo fin de mantener relaciones sexuales, hecho que pudo ser evitado tras haber hablado la amiga con la madre, quien envió a la menor a pasar ese día con una amiga procediendo al día siguiente a interponer la correspondiente denuncia.