Almansa saca a licitación el servicio de grúa municipal

E.F
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El estudio de viabilidad económica prevé un beneficio medio anual del 14,3% pero el pliego técnico garantiza al adjudicatario una «facturación mínima» si no se cumplen los objetivos

Foto de archivo de una grúa municipal. - Foto: E.G.

El Ayuntamiento de Almansa sacaba recientemente a licitación pública el contrato de concesión de servicios de grúa y retirada de vehículos, así como descontaminación de los que se hallen en estado de abandono en el término municipal, por un importe de 175.000 euros y una duración de cuatro años.

Cabe recordar que un reciente Pleno municipal aprobaba la «remunicipalización» de este servicio, pero no para que el Consistorio lo asumiese, sino porque motivos legales y administrativos aconsejaban sacar de nuevo la contrata en  régimen de concesión de servicios. El plazo para la presentación de propuestas vence el 28, y la apertura de la documentación está prevista para el día siguiente, 29 de abril.

El contrato distingue dos tipos de servicios a prestar por parte del adjudicatario: los que no se cargarán al ciudadano, por tratarse de vehículos que se deben mover a requerimiento de la Policía Municipal pero sin que la causa sea una infracción de tráfico, y los que sí se cargarán, porque el vehículo infrinja alguna norma de circulación.

Las bases de esta licitación vienen acompañadas de un estudio de viabilidad económico-financiera que estudia la rentabilidad del servicio para un adjudicatario privado, mediante la valoración de  los ingresos y costes anuales. Toma como referencia la actividad del servicio en los años 2018 y 2019, ya que el 2020 no se considera «representativo» a causa del efecto de la pandemia del coronavirus.

A partir de esta referencia, el estudio calcula un promedio de ingresos anuales de 36.250 euros. En cuanto a los ingresos, estima una media anual de 575 servicios (150 diurnos y 425 nocturnos) para concluir que los ingresos ascenderían a 31.040 euros, así que el beneficio sería de 5.200 euros, un 14,37%.

No obstante, en otro documento que forma parte del proceso de licitación, el punto 3.2 del pliego de prescripciones técnicas, se indica que «no obstante, se garantizará al adjudicatario un precio mínimo mensual de 1.000 euros, a la baja conforme establece la cláusula octava del presente pliego, para el supuesto de que el número de servicios realizados durante el mes no alcanzase dicha facturación mínima, al objeto de garantizar los ingresos mínimos para el mantenimiento de vehículos, personal y demás gastos derivados del servicio».

La cláusula octava es la que valora las ofertas de acuerdo a las diferentes ofertas económicas, «en función de la reducción sobre el importe mínimo de facturación para los supuestos en que los servicios de grúa mensuales prestados» no lleguen a generar 1.000 euros.