Aprueban un reglamento para nombrar calles y espacios públicos

Redacción
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Se incluye la perspectiva de género para cumplir con el V Plan de Igualdad, que establece que el 40% de las nuevas vías deben llevar denominación de mujeres

Pleno del Ayuntamiento de Albacete correspondiente al mes de julio. - Foto: Arturo Pérez

El Pleno del Ayuntamiento de Albacete ha aprobado un reglamento que regirá el procedimiento para denominar o modificar el nombre de calles y plazas, un asunto que hasta ahora carecía de regulación y que con esta normativa viene a clarificarse. La concejal de Hacienda, Economía, Seguridad y Régimen Interior, María José López, que agradeció a los grupos políticos sus aportaciones a este reglamento de 16 artículos, dijo que establece un mecanismo claro y objetivo para bautizar una calle o plaza.

"Este asunto puede parecer baladí, pero no lo es", asegura la concejal, quien recalcó que "el nombre y la numeración de los edificios en una calle es muy importante, por cuanto su localización es precisa en múltiples actos de la vida ciudadana, desde recibir un paquete por mensajería a evitar problemas en la transacción de inmuebles".

Por eso, incidió, es importante no solo aclarar los mecanismos para dar nombre a una calle, sino también el hecho de que con este reglamento se fijen criterios técnicos para su rotulación y numeración.

Además, subrayó María José López, en este reglamento se ha introducido la perspectiva de género, para dar cumplimiento al V Plan de Igualdad, que recoge como medida el alcance de la visibilidad del 40% de mujeres sobre el total de los nuevos nombres. Así, establece el criterio de paridad en la denominación de nuevas vías y espacios públicos, de tal forma que haya una "distribución equilibrada entre personas de diferentes sexos".

En este reglamento se establece con claridad que el Ayuntamiento de Albacete es el único competente para dar nombre a las vías que integran el callejero oficial. La norma se aplicará a la hora de aprobar una denominación a vías, lugares y espacios urbanos, tales como puedan ser calles, avenidas, glorietas, paseos, plazas, travesías, rondas, templetes, monumentos o fuentes, entre otros.

En los polígonos industriales no regirá este reglamento, pues en estos espacios puede considerarse más adecuado el nombre de sus viales mediante números, letras o denominaciones temáticas, que resulten más eficaces.

El Ayuntamiento bautizará en base a este reglamento espacios de titularidad pública, pero también aquellos privados que sean de uso público o aquellos privados que deban tener una denominación para poder identificar fincas o edificios.

A la hora de aprobar una denominación, el reglamento establece que se utilizarán "nombres que merezcan se perpetuados, especialmente los relacionados con la historia, la cultura, el deporte, la topografía del municipio, los alusivos a valores, personas o hechos de especial relevancia.

La norma señala la preferencia de nombres de personas que hubieran fallecido, si bien excepcionalmente se pueden asignar vías en honor de personas vivas, y además se indica que será preferente que los monumentos y plazas queden reservados para personas e hijos e hijas ilustres de origen albacetense.

Por el contrario, se deja claro en el reglamento que no podrán utilizarse nombres "de personas, hechos o acontecimientos que enaltezcan o exalten regímenes dictatoriales y totalitarios, así como aquellos que puedan ser contrarios a los valores de libertad y democracia, y los que puedan dar lugar a enfrentamiento, ofensa o agravio", así como tampoco nombres que resulten malsonantes o causen hilaridad. Ni, por supuesto, denominaciones que atenten o pongan en entredicho el principio de igualdad o que puedan promover o enaltecer conductas discriminatorias por razón de raza, sexo, religión u opinión.

Propuestas

Dado que es habitual que colectivos o personas a título particular propongan que se rinda homenaje a otras personas o se recuerden ciertos hechos o acontecimientos, dando su nombre a una calle, el reglamento contempla que se creará un Banco de Propuestas, integrado por aquellos nombres que se hayan aprobado siguiendo el procedimiento que establece este reglamento.

La concejal de Régimen Interior explicó que este banco no nace vacío, sino que del mismo ya forman parte nombres que han sido acordados en los últimos años por la junta de portavoces, sin que hasta la fecha haya habido ocasión de cumplir estos acuerdos.

Será la Unidad del Padrón quien lleve el control de este Banco de Propuestas, haciendo constar el nombre propuesto, quien lo propone, cuando lo propone y el motivo. En este Banco de Propuestas se inscribirán las aportaciones que hagan los grupos políticos o que sean acordadas por la junta de portavoces, pero también las personas interesadas pueden hacer sus propuestas que, para su inclusión en este banco, deben ser aprobadas por la junta de portavoces.

Además, la junta de portavoces, donde están representados todos los grupos políticos de la Corporación, podrá acordar dar de baja determinadas propuestas por razones tales como el paso del tiempo o la inadecuación sobrevenida, entre otras, y se reunirá cada tres meses para decidir sobre esta materia, así podrá acordar hacer una consulta pública sobre una denominación o pronunciarse sobre la idoneidad de un nombre propuesto.

La otorgación de números de policía administrativa a cada edificación en calles, plazas y espacios públicos, será una competencia de Alcaldía, aspecto éste que se reglamenta con detalle en esta nueva norma.

El reglamento establece que se mantendrán los nombres de las calles actuales, tanto los que así hayan sido aprobados, como aquellos que se hayan consolidado por el uso popular. Solo se modificarán cuando esté debidamente justificado.