"Se pretendía que la prisión permanente revisable asustase"

EFE
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Entre lágrimas, este representante del Ministerio Público defendió en su día la imposición de una condena inédita en la Historia penal española

"Se pretendía que la prisión permanente revisable asustase"

El fiscal Alejandro Pazos, el que no pudo contener el sollozo ante la primera condena a prisión permanente revisable y hoy se pregunta si este castigo sirve para disminuir en las estadísticas la frecuencia de este tipo de crímenes, respiró con alivio el 6 de julio de 2017 cuando la magistrada presidenta de la sección cuarta de la Audiencia de Pontevedra, Nélida Cid, impuso a un hombre de 42 años -David Oubel, el parricida de Moraña- una condena hasta entonces inédita en España. 

Usted se emocionó. Todo el mundo se imaginó entonces que era imposible no hacerlo.

No entiendo las agresiones de ningún tipo, pero sobre niños o ancianos me cuesta especialmente. Cuando son los hijos de uno, todavía lo comprendo menos.

Purgar por lo hecho, ¿lo ve suficiente?

No. Si al final la prisión permanente revisable no sirve para disminuir delitos de esa índole, tampoco causa a uno una gran satisfacción. Porque lo que se pretendía era que, de alguna manera, esa figura asustase mucho y que la gente dijese, ‘no, yo esto no lo voy a hacer porque me enfrento a una pena que es muy rígida’. La perspectiva cambia mucho respecto a otras. 

En todo caso, no podría verse ese efecto en el corto plazo, ¿cierto?

No. Para ver si ese efecto lo produce, haría falta mucha perspectiva. Cinco años no sirven. Incluso de los delitos de 2019 y 2020, todavía están en curso las investigaciones. Habría que esperar más tiempo…

¿Usted vislumbra un escenario en el que no haya margen para ello porque se declare su inconstitucionalidad?

Personalmente, que eso ocurra así lo veo difícil. Que el Tribunal Constitucional decida expulsarla del ordenamiento jurídico sin más, me refiero. Que la matice y ate un poco en corto, puede ser. En algún libro de Derecho Penal he visto que de ella se dice que habilita al Estado para mantener de por vida a una persona en un centro penitenciario al estilo de la cadena perpetua americana. Eso no es así. Para eso habría que suprimir los límites máximos de cumplimiento. Lo que tiene de característico la prisión permanente revisable, más que la indefinición en la duración, es la rigidez. No pueden pedir permisos hasta que llegan a un determinado tiempo de cumplimiento que es bastante, bastante, avanzado.

¿Tuvo que consultar mucho la normativa en ese juicio que llegó después de dos años de instrucción y que encontró fácil desde el punto de vista técnico?

Me preocupaban las posibles nulidades. El asunto en sí mismo era bastante sencillo, desde el punto de vista de la investigación no planteaba grandes problemas pues había demasiadas pruebas biológicas. Mi preocupación era, por ejemplo, que la cadena de custodia no se perdiese, etcétera. La calificación fue elaborada con mucho detenimiento para procurar que no quedase ni un cabo suelto.

Uno nunca piensa que, como artífice de la acusación pública, que le va a tocar lidiar con una pena tan reciente, supongo.

No. Me pasó como cuando estudié el delito de rebelión en su día para la oposición, que pensé, total, este delito… Lo mismo ha ocurrido con el coronavirus. Mucha gente decía que iba a venir una pandemia pero en definitiva uno nunca sabe por dónde va a llegar el tiro.