Reconocen el derecho a la lactancia de una técnico

Josechu Guillamón
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El Juzgado de lo Social 3 ha reconocido a una técnico en Emergencias Sanitarias de UVI Móvil el derecho a recibir una prestación por la incompatibilidad de su trabajo para dar de mamar a su hijo, gracias al trabajo de Comisiones Obreras

Cristina Azorín y Carmen Juste, durante la rueda de prensa. - Foto: J. G.

El Juzgado de lo Social 3 de Albacete ha reconocido, mediante sentencia firme, a una técnico en Emergencias Sanitarias de la UTE de ambulancias de Cuenca su derecho a recibir una prestación por riesgo durante el tiempo de lactancia de su bebé, puesto que su trabajo, con turnos de 24 horas, era incompatible con dar el pecho. Según ha explicado en rueda de prensa la secretaria general de Comisiones Obreras de Albacete, Carmen Juste, aunque el trabajo de la sanitaria no permitía que diera el pecho a su bebé, la mutua le denegó la suspensión del trabajo durante el tiempo de la lactancia, por lo que el sindicato recurrió al Juzgado de lo Social, que finalmente ha dado la razón a la técnico en Emergencias Sanitarias. "Nosotros consideramos que está plenamente justificado que precisamente esa suspensión del trabajo, durante la lactancia natural y la consecuente prestación por riesgo durante la lactancia están pensadas precisamente para cuando existe riesgo para el lactante y no se puede compatibilizar la lactancia natural con la jornada de trabajo".

Juste señalaba que la sentencia no sólo era importante para la madre, sino también para su pequeño. "Esta sentencia protege no sólo el derecho de la madre a la lactancia natural, sino fundamentalmente del lactante, del recién nacido, que tiene ese derecho a que la madre no sólo esté con él, sino a que preste esa lactancia natural con todas las garantías de salubridad y durante el tiempo que lo necesita". 

Además la secretaria general de CCOO manifestaba que esta sentencia "abre el camino para otras trabajadoras que se enfrentan a una situación similar, con jornadas tan largas como las que tenía esta trabajadora, en empresas donde las jornadas son de 24 horas y la incompatibilidad es manifiesta".

De hecho, la abogada del sindicato CCOO en Albacete, Cristina Azorín, manifestaba que ya se han ganado dos sentencias más de similares características, una de una enfermera del Hospital General Universitario de Albacete y otra de la trabajadora de una gasolinera, también de Albacete.

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