Juan L. Hernández Piqueras

Juan L. Hernández Piqueras


Penas de telediario

26/01/2023

La conocida como pena de telediario se aplica ahora más que nunca cuando se administra no solo desde los púlpitos televisivos sino que a ellos ha venido a sumarse la justicia que se gestiona, abundante y rabiosamente por cierto, desde las inefables redes sociales, donde las sentencias y sobre todo las condenas se expiden con notoria celeridad y muchas veces con muy pocos escrúpulos, en contraste curioso con la lentitud que suele caracterizar el desarrollo de la Justicia real a través de sus intrincados caminos. Los pasos y plazos que se otorga la propia Justicia para ejercer su insustituible papel vienen marcados por una lentitud que obstaculiza muchas veces el ejercicio de su cometido; existe en el normal proceso jurídico una cachaza en sus actuaciones que puede incluso hasta desvirtuar los hechos que se juzgan, pero que siempre fue una de los telones de Aquiles que el ciudadano mal llevó del funcionamiento de la maquinaria judicial. Todos los casos que pasaban por un telediario desaparecían de la pantalla y de los titulares de la actualidad y las más de las veces, cuando se conocía la sentencia de la mayor parte de tales juicios ya los habían olvidado casi todos los ciudadanos. Es más, no solo es que los hubiesen olvidado, es que ya hacía mucho tiempo que los habían sentenciado y aplicado la correspondiente pena de telediario a los culpables.
Ocurre, sin embargo, que dentro de las celeridades que caracterizan estos tiempos se nos olvida muchas veces el que todo ciudadano tiene el derecho a ser inocente mientras no se demuestre lo contrario, por más que esa justicia paralela imponga las penas de telediario con la avidez propia de la noticia. 

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