La Junta plantea juicios rápidos contra las ocupaciones

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El Gobierno regional también propone que deje de considerarse un delito leve, elevar las penas hasta tres años de cárcel, aunque señala como atenuante que se denuncie a la mafia que está detrás de esa ocupación ilegal

La Junta plantea un atenuante al ocupa que se va en 3 días

El consejero de Fomento, Nacho Hernando, acaba de informar de la propuesta de ley contra la ocupación ilegal que quiere remitir al Gobierno de España.

Una de las claves estará en el cambio del Código Penal para que deje de ser un delito leve. Eso permitirá aumentar las penas, hasta tres años de cárcel y doce meses de multa. También permite aumentar el plazo de prescripción de delito de un año a cinco y abre la puerta de los juicios exprés. Además se plantean atenuantes para los ocupas que se vayan en tres días y para los que denuncien a las mafias.

Asimismo, recoge la facultad de la policía para poder denunciar ante el Juzgado con el atestado de la ocupación y el ‘desalojo exprés’, con un plazo de 48 horas para que los juzgados deban acordar el desalojo del ocupa.

La iniciativa legislativa contempla un aumento de las agravantes con sanciones para la utilización de las viviendas ocupadas para la comisión de otro tipos de delitos graves, como puedan ser la explotación laboral y sexual de personas; actos de prostitución y de explotación sexual y corrupción de menores; la elaboración, distribución y venta de sustancias estupefacientes; la ocultación de material robado o su receptación; el uso de fuerza en las cosas; o la reincidencia del autor o autores de la ocupación ilegal.

El consejero de Fomento ha querido subrayar la ambición de la nueva regulación “porque va a lo concreto, a lo real, pretende un desarrollo normativo real y efectivo, planteando matices y distinciones como, por ejemplo, en el grado de violencia o si se ocupa un domicilio que tiene la condición de inviolabilidad o un sitio abandonado o la vocación de permanencia del que ocupa”.

La ley introduce dos atenuantes: por una parte, el abandono de la vivienda en el plazo de tres días, y por otro, delatar a quienes bajo coacción, amenaza o violencia le han llevado a estar en la situación de ocupación ilegal, “sin eximir del delito”, ha destacado Hernando.

Además, con este proyecto legislativo se fortalecen el catálogo de diligencias y medidas cautelares que permita a los tribunales disponer el desalojo inmediato y la recuperación provisional del bien ilícitamente usurpado, en tanto en cuanto se continua la investigación judicial para calificar jurídicamente los hechos y pretende residenciar el delito en el ámbito del juicio rápido por la vía penal, en vez de en el ámbito de juicio con jurado.

De igual manera, recoge el fortalecimiento tanto del papel de los ayuntamientos como de las comunidades de vecinos para hacer frente a la ocupación ilegal y propone que ambos queden legitimados para poder denunciar ocupaciones.  Por tanto, contempla ampliar la legitimación para actuar, sobre todo en aquellos casos en los que, requiriéndose una respuesta rápida ante la ocupación reciente o en ciernes de un inmueble, el propietario se desentienda o ni tan siquiera tenga conocimiento de la ocupación. Además, se abre la posibilidad de que se sancionen con pérdida de ayudas para adquirir o alquilar vivienda durante el periodo que establezca cada administración. 

Hernando ha destacado que “entendemos que en la ocupación ilegal hay más víctimas que el propietario, ya que hay una bolsa con aquellas personas que están en listas de espera para acceder a una vivienda pública y, en estas circunstancias, el primer perjudicado es esa persona”, ha hecho hincapié el consejero.

Asimismo, se propone modificar las reglas del padrón municipal para impedir la inscripción de los ocupas, garantizando en todo momento la protección del menor en prestaciones tan esenciales como la atención sanitaria y educativa, “ya que, el padrón municipal no puede albergar situaciones tan injustas a través de una conducta contraria al ordenamiento jurídico, y en su caso delictiva, como lo es la usurpación del uso de un inmueble ajeno”.

El consejero de Fomento ha explicado que “el padrón tiene que hacer real y efectivo el derecho a la vivienda digna y adecuada y no podemos admitir en un padrón a quienes están viviendo en condiciones de infravivienda como cuevas o chabolas”, además ha continuado “consideramos razonable exigir un título de propiedad o contrato a la hora de empadronar”.