Ven posible prevaricación en una campaña de la era Cospedal

J.A.J
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Un juez rechaza que la Junta pague una publicidad en aeropuertos del IV centenario de la segunda parte del Quijote al no constar contrato. Durante el proceso, un testimonio apuntó como responsables del encargo a los exconsejeros Marín y Esteban

Marín con Cospedal al presentar el logo del Cuarto Centenario de la Segunda Parte de El Quijote, origen de este asunto. - Foto: Yolanda Lancha

El titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 3 de Toledo ha apreciado indicios de prevaricación en una adjudicación de un trabajo publicitario, valorado en 50.615 euros, otorgada por el anterior Gobierno regional presidido por la ‘popular’ María Dolores de Cospedal. Lo ha hecho al denegar que este servicio se pague a la empresa beneficiaria por un motivo bastante obvio: no se firmó ningún contrato que respaldara esta adjudicación. Aunque la compañía aseguró que los trabajos encargados por el anterior Ejecutivo se efectuaron, el magistrado no lo da por acreditado. Se da la circunstancia de que el encargo fue adjudicado ‘a dedo’ sin un expediente previo que avalara su otorgamiento, como fija la legislación de contratos públicos. Un testimonio prestado en este procedimiento ha apuntado como responsables de la irregular adjudicación a los exconsejeros de Educación, Marcial Marín; y de Presidencia, Leandro Esteban.

La compañía, Cemusa, planteó un procedimiento civil de reclamación de cantidad contra la Administración regional ahora regida por el socialista Emiliano García-Page para exigir el pago de los trabajos. Pero el magistrado, tras constatar la falta de contrato formal, no se conformó con exonerar del pago a la Junta y condenar en costas a la demandante. Estableció en su sentencia que los hechos sean puestos en conocimiento de la Fiscalía al ofrecer «apariencia de delito perseguible de oficio».

En su sentencia, a la que ha tenido acceso este medio, el magistrado señala que «las actuaciones objeto del presente procedimiento podrían, en su caso, ser constitutivas de un delito de prevaricación».  

 

Publicidad en aeropuertos por El Quijote.

Según se narra en el fallo, una compañía reclamaba el pago de unos trabajos de publicidad dentro de la campaña de promoción del Cuarto Centenario de la edición de la segunda parte de El Quijote. La compañía en cuestión es Cemusa, empresa dedicada al mobiliario urbano, y el trabajo debía desarrollarse de enero a junio de 2015, en lo que fue el último semestre del Gobierno de Cospedal. Los lugares elegidos para esta promoción eran siete aeropuertos.

El trabajo fue acordado, en su precio y otros detalles, por un directivo de Cemusa y una persona de la plantilla de cargos de confianza de la Consejería de Presidencia, que detentaba Esteban. Sin embargo, se acordó que el pago se efectuara no directamente por el Gobierno, sino a través de una fundación dependiente del mismo.

Según reconoció un responsable de la compañía en el juicio, se quedó en firmar un contrato por escrito con la persona que asumió la negociación del trabajo desde la Junta. Sin embargo, pese a varios requerimientos suyos, esto no se llevó a efecto.

La empresa procedió a girar las facturas del encargo a la Fundación designada, pero el personal de ésta rechazó pagar al desconocerlo. La persona de confianza les indicó que la pusieran a nombre de otra, pero sus empleados también denegaron el pago. Esto llevó a la empresa a emprender un pleito contra la Junta, dirigido a la Fundación Impulsa, para cobrar en 2016, ya con el socialista Emiliano García-Page en la Presidencia regional. El actual Ejecutivo sostuvo, a través de sus servicios jurídicos, la decisión de no pagar en el proceso. Durante el juicio, el directivo de Cemusa que negoció el servicio publicitario reconoció que no había   firmado el contrato tampoco con las dos fundaciones.

Por su parte, la persona que asumió desde el anterior Gobierno el encargo de este servicio reconoció, tal y como recoge la sentencia, que «no ejercía ningún tipo de función en materia contractual ni en la Junta ni en la Fundación demandada», pero que aceptó negociarlo «porque se lo encomendaron quienes eran consejeros de Presidencia (Leandro Esteban) y de Educación (Marcial Marín)». Por ello, contactó con Cemusa para que ofrecieran unas condiciones para desarrollar esta campaña de publicidad, ya que había gestionado un contrato similar  con esta compañía por la celebración del Año Greco.

Tras oír todo esto y ver la ausencia de documentación que avale el encargo, el magistrado estableció que «no se constata la existencia del contrato» y no procede el pago. Además, resaltó que «no obra en autos documentación u otro medio de prueba que acredite de forma concreta el modo en que se ejecutó la campaña publicitaria».

 Pero fue más allá al establecer de lo examinado en el juicio la posible existencia de una prevaricación ya que «se deduce que personal eventual de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha contrató un supuesto contrato a nombre de una Fundación de gestión pública, sin conocimiento del personal de esta última». Todo ello se hizo, continúa la sentencia, «soslayando la normativa administrativa sobre contratación y adjudicación de contratos y a instancias de quienes en ese momento ostentaban el cargo de consejero en el Gobierno de la Junta».

Por ello, en la sentencia se especifica que lo visto en este juicio sea puesto en conocimiento del fiscal jefe de Toledo, para que se investigue su relevancia penal. El fallo no es firme y contra el mismo cabe recurso de apelación.