Un páramo de 20 millones

D.R.
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Dos sentencias del TSJ de Castilla-La Mancha obligan al Consistorio de Puertollano a pagar 14,3 millones de euros más intereses por unos terrenos frente al Cementerio que iban a destinarse al proyecto de 'Cinturón Verde", que no se llevó a cabo

Una cuestión de pareceres. Es la sesión que queda tras ver que la justicia vuelve a condenar al Ayuntamiento de Puertollano a pagar una millonada por unos terrenos ubicados frente al Cementerio Municipal, que siguen siendo un páramo en el que solo hay pasto y tan solo se usa una parte para habilitar estacionamientos para vehículos y puestos de venta de flores y velas de cara a la festividad de Todos los Santos.

Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla-La Mancha de 2013 -refrendada por el Tribunal Supremo (TS) en 2015- condenó al Consistorio a pagar 5,5 millones por unos terrenos expropiados, que con intereses rondan los 7,5 millones de euros, y otra más actual, conocida esta misma semana, conlleva el pago de 8,8 millones de euros, con que intereses se acerca a los 12 millones, si bien esta última no es firme y sobre ella cabe la posibilidad de presentar un recurso ante el Tribunal Supremo, cosa que hará el Ayuntamiento.

Pero por qué se ha llegado a esta situación. Hay que remontarse al año 2007, cuando el Consistorio, con Joaquín Hermoso Murillo en la Alcaldía, proyectó una inversión de 11 millones de euros, con ayuda de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para instaurar un ‘Cinturón Verde’ vegetal cuyo objetivo era sembrar una barrera vegetal para reducir el impacto a la ciudad de las emisiones del complejo petroquímico, siendo el lugar elegido los terrenos frente al Cementerio, en la barriada de El Poblado. Este proyecto incluía la construcción de nuevos parques y nuevas zonas verdes y jardines, además de recuperar la zona verde de El Poblado, entre otros, incluyendo un jardín botánico y un nuevo carril bici en otros puntos de la ciudad. Esta iniciativa jamás vio la luz, si bien pocos se esperaban que sus consecuencias fueran las que finalmente han acabado siendo.

Para acometer este proyecto había que adquirir estos terrenos, y ahí está el leitmotiv de este asunto: las discrepancias a la hora de fijar su precio. En octubre de 2007 la propiedad presentó una solicitud de valoración, iniciándose al año siguiente un expediente de justiprecio. Tras varias desavenencias, el TSJ regional dictaminó que fuera el Jurado Regional de Valoraciones el que fijara el justiprecio, que resultó en 101.927,71 euros. Sin embargo, la propiedad interpuso un recurso contencioso en el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha que sentenció que el valor de estos terrenos es de 8.808.698,50 euros, como valoraron los propietarios en 2009 mediante un informe técnico.

Éste es el recorrido de la segunda sentencia, la conocida esta semana, el cual es extrapolable a la primera salvo por las fechas. Pero a qué se debe la enorme diferencia de parecer entre el Jurado Regional de Valoraciones y el TSJ, que es 86 veces superior. La respuesta está en la calificación del suelo según el PGOU, que los define como suelo urbanizable no programado. En base a ello, el Consistorio y el Jurado de Valoraciones defienden que tras la Ley del Suelo de 2007 no puede valorarse un suelo rural como si estuviera de facto urbanizado, puesto que para valorar un suelo hay que atender a su situación real y no a su clasificación en planes. Pero el TSJ tiene en cuenta una disposición transitoria del Texto Refundido de la Ley del Suelo de 2008 que dicta lo contrario.