La ordenanza de venta ambulante autoriza cuatro modalidades

G.G.
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No se permitirá vender artículos en la vía pública o espacios abiertos que no se ajusten a la normativa aprobada por el Pleno

La ordenanza de venta ambulante autoriza cuatro modalidades

Una vez que se publique en el Boletín Oficial de la Provincia, entrará en vigor la nueva ordenanza municipal reguladora de la venta ambulante o no sedentaria, aprobada por el pleno municipal y que pretende adaptar el anterior reglamento a la legalidad vigente.  Con la nueva ordenanza  se autorizan cuatro modalidades y se regula la venta de este tipo en las seis pedanías, al tiempo que regula los mercados ocasionales y aquellos de carácter solidario. Las cuatro modalidades son: venta en mercadillo, venta en mercados ocasionales o periódicos. las ventas en la vía pública y la realizada en camiones-tienda; quedando prohibida «cualquier otra modalidad de venta ambulante y cualquier tipo de venta de artículos en la vía pública  o espacios abiertos, que no se ajuste a las presentes normas; quedando excluidos de la presenta ordenanza los puestos autorizados   de carácter fijo y estable (quioscos y similares), que se regirán por su normativa específica».

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