Una vez que se publique en el Boletín Oficial de la Provincia, entrará en vigor la nueva ordenanza municipal reguladora de la venta ambulante o no sedentaria, aprobada por el pleno municipal y que pretende adaptar el anterior reglamento a la legalidad vigente. Con la nueva ordenanza se autorizan cuatro modalidades y se regula la venta de este tipo en las seis pedanías, al tiempo que regula los mercados ocasionales y aquellos de carácter solidario. Las cuatro modalidades son: venta en mercadillo, venta en mercados ocasionales o periódicos. las ventas en la vía pública y la realizada en camiones-tienda; quedando prohibida «cualquier otra modalidad de venta ambulante y cualquier tipo de venta de artículos en la vía pública o espacios abiertos, que no se ajuste a las presentes normas; quedando excluidos de la presenta ordenanza los puestos autorizados de carácter fijo y estable (quioscos y similares), que se regirán por su normativa específica».
MÁS INFORMACIÓN EN LA EDICIÓN IMPRESA