Una medida nada graciosa

EFE
-

La tramitación esta semana de las peticiones de indulto a los condenados del procés por parte del Gobierno ha generado controversia y un gran malestar entre muchos españoles

La mayor parte de los líderes del desafío independentista están en la cárcel desde hace casi tres años. - Foto: Pool

El anuncio del ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, del comienzo esta semana de la tramitación de las peticiones de indulto a los condenados por el procés pone bajo el foco una medida de gracia de 1870. Esto ha creado un gran malestar entre muchos españoles. 

¿Qué es el indulto?

Una medida de gracia por la que el Estado perdona el cumplimiento de una condena de forma total o parcial. A diferencia de la amnistía, es una medida individualizada y no implica la desaparición del delito, únicamente de la responsabilidad penal. La Carta Magna recoge que «corresponde al Rey el derecho de gracia con arreglo a la ley» y prohíbe los indultos generales, si bien la decisión se adopta a propuesta del Ministerio de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros.

¿Quién puede promoverlo?

La petición no tienen por qué hacerla los condenados, sino cualquier persona en su nombre. En el caso del procés se comenzará por tramitar la primera solicitud que entró en el registro de Justicia, en enero. Fue presentada por el abogado Francesc Jufresa, que no participó en la defensa de ninguno de los acusados y que solicitó el indulto para los 12 «por causa de equidad y de utilidad pública». También puede solicitarlo el tribunal sentenciador, el Supremo, el fiscal, el juez de vigilancia penitenciaria y el mismo Gobierno.

¿Pueden beneficiarse los presos del procés?

Sí. La ley estipula que pueden beneficiarse de esta medida los condenados por toda clase de delitos, siempre que lo sean por sentencia firme y se encuentren a disposición del tribunal sentenciador para el cumplimiento de la pena. No pueden beneficiarse quienes no cumplan esos requisitos o quienes sean reincidentes en algún delito por el que hayan sido condenados, aunque puede haber excepciones.

¿Cómo se resuelve?

Una vez recibida la petición, el Ministerio de Justicia inicia un procedimiento que no tiene una duración máxima tasada por ley pero que, según fuentes de ese departamento, suele superar los seis meses. El ministro ha barajado entre ocho y 10. Justicia remite el expediente al tribunal sentenciador, que en este caso es el Supremo. Ese órgano debe pedir a su vez un informe al Ministerio Fiscal y otro a la prisión si el reo cumple pena de cárcel. El informe del tribunal sentenciador debe incluir todos los datos sobre los penados, incluido un estudio de su conducta y de «las pruebas o indicios de su arrepentimiento».
Pero ese dictamen no es en absoluto vinculante, porque la decisión final corresponde al Consejo de Ministros a propuesta del ministro de Justicia. En el caso de que sea favorable al condenado, debe tramitarse a través de un real decreto y publicarse en el BOE. Aunque la ley de 1870 establecía que el indulto debía plasmarse en un decreto «motivado», la reforma de 1988 eliminó esa exigencia expresa de motivar la medida de gracia.

¿Qué puede implicar?

Puede conllevar la eliminación de la pena (nunca del delito o de los antecedentes penales) si se trata de un indulto total o su sustitución por otra menor en el caso de que sea parcial. No afecta a la responsabilidad civil derivada del delito. Si el indulto afecta a las multas, exime al indultado de pagar las cantidades aún no satisfechas, pero no implica la devolución de las ya pagadas, salvo que se diga expresamente.

¿Puede recurrirse?

PP, Vox y Ciudadanos ya han anunciado que si el Gobierno indulta a los presos recurrirán esa decisión. Al tratarse de un acuerdo del Consejo de Ministros, el órgano al que corresponde el control jurisdiccional es la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo. Por ejemplo, esa Sala anuló el indulto del Gobierno al exconsejero delegado del Banco Santander Alfredo Sáenz, al entender el Ejecutivo, que en ese momento presidía José Luis Rodríguez Zapatero, se había extralimitado.
También lo hizo en 2013 con el indulto a un conductor condenado a 13 años de prisión por la muerte de un joven en Valencia, al atender el recurso de la familia del joven, que había denunciado que un hijo del exministro de Justicia y expresidente de la Comunidad de Madrid Alberto Ruiz-Gallardón trabajaba en el bufete que defendió al conductor y que el abogado defensor era hermano del subsecretario de Justicia.

¿Los gobiernos suelen concederlos?

No. En 2019 se tramitaron 4.022 indultos y se concedieron 39, el 0,97 por ciento; y en el ejercicio anterior se otorgaron solo 17 indultos de los 4.382 tramitados. La tendencia ha ido a la baja de forma notable en los últimos años, dado que en 2000 se concedieron 1.744, según un reciente estudio publicado por la Fundación Civio.