Habrá que repetir un juicio de maltrato a un niño adoptivo

J.G.
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Debido a la estimación del recurso presentado por el Ministerio Fiscal, al que se adhirió la acusación particular, se anula la sentencia que condenaba al padre a 15 años de prisión y a la madre a tres años

Imagen de los progenitores durante el juicio. - Foto: Arturo Pérez

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha anulado la sentencia que condenaba a unos padres acusados de maltratar a su hijo adoptivo.

En concreto, la sentencia de La Sección Segunda de la Audiencia Provincial condenaba a 15 años de prisión al padre por dar palizas a su hijo adoptivo de cuatro años de edad y le prohibía acercarse al menor, ni comunicar con él en un periodo de 22 años. También pedía una indemnización de 77.090 euros para el niño y otra para el Sescam de 37.094 euros, por los cuidados médicos del niño.
Por su parte, la madre fue condenada a tres años de cárcel y a indemnizar al pequeño, al que no debía acercarse en un periodo de cuatro años, con 12.300 euros.

Sin embargo, ahora el TSJ considera la sentencia nula, al estimar el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Fiscal, al que se adhirió la acusación particular. En este sentido, la sentencia afirma que la nulidad se extiende al juicio oral, por lo que deberá realizarse una nueva composición de la Sala de instancia en la Audiencia Provincial, y a cuyo efecto se devolverán las actuaciones a dicho Tribunal, con lo que tendrá que repetirse el juicio.