La Fiscalía mantiene la prisión permanente revisable

J.M.
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La defensa pide 13 años de cárcel por homicidio. El letrado de José Rafael cree que no hubo alevosía porque la víctima no estaba sola y tuvo tiempo de avisar a terceros. La fiscal sigue considerando la agravante de violencia de género

La Fiscalía mantiene la prisión permanente revisable - Foto: Víctor Ballesteros

El juicio contra José Rafael G. S. por matar con dos puñaladas que le atravesaron el corazón y el pulmón a su esposa, Cristina Martín, en la vivienda común de la calle Romaneros de Mora de Toledo concluyó este miércoles pendiente del veredicto del jurado popular, que se conocerá probablemente hoy. La Fiscalía, así como las acusaciones particulares, mantuvo en las conclusiones finales la petición de la prisión permanente revisable por asesinato con alevosía de género, el mayor castigo recogido en el Código Penal, mientras que la defensa reduce los hechos de febrero de 2017 a homicidio con 13 años de prisión.

Las conclusiones de la Fiscalía creen probado que el acusado clavó el cuchillo a su pareja consciente de la acción ante una situación de indefensión de Cristina. En este sentido, sustenta la petición de la prisión permanente revisable por alevosía (circunstancia agravante por ejecutar un delito de modo que haya indefensión en la víctima) convivencial, debido a que la mujer tenía un minusvalía reconocida del 85 por ciento y no esperaba una agresión por parte de su pareja.

Asimismo, las circunstancias quedan agravadas por ser, según la fiscal, un caso de violencia de género por los insultos de ‘hija de la gran puta’ y ‘zorra’ previos al ataque y por la diferencia de corpulencia entre José Rafael y la fallecida, que apenas pesaba 40 kilos por la desnutrición debido a la enfermedad de Ménière que le producía entre otros problemas de deambulación. La representante del Ministerio público considera que no cabe atenuante alguna porque los expertos aclararon que la depresión, de la que dudó, no conlleva episodios violentos. «Ojalá Rafael hubiera tenido una enfermedad psicológica porque habría una explicación. Por desgracia, vemos lo peor del ser humano», apostilló.

Por su lado, la defensa, quien no quiso «perder el tiempo» con los motivos del crimen, se centró en el contexto de aquel 5 de febrero de 2017 y las posibilidades de protección de la víctima. Así, recalcó que pasaron entre 22 y 27 minutos desde que Cristina envió un mensaje de ‘whatsapp’ a su hermana por el riesgo de muerte que presentía ante el comportamiento de su marido hasta el ataque. «No se eliminó toda posibilidad de defensa. Tuvieron tiempo de avisar a terceros», hizo hincapié ante la presencia también de la madre en la vivienda.

El letrado llamó la atención sobre la contradicción de que la Fiscalía defienda que hubo una discusión previa y que la madre de la víctima dijera que no medió un rifirrafe. Y cuestionó que sea un caso machista:«¿Que pruebas hay de dominación machista? Hasta que cayó en depresión, su comportamiento era bueno».

El abogado que representa a los padres de la víctima apoyó la petición de la prisión permanente revisable con la opinión de que José Rafael creyó que tenía la vida resuelta con el matrimonio con Cristina, pero se recrudeció la enfermedad de la mujer y la desatendió. «Lo único que le preocupa es tener dinero», vino a decir en las conclusiones, en las que aseguró que la frustración de no disponer de liquidez con una empresa que da pérdidas lo llevó a matar al eslabón más débil de esta familia. «Un invididuo de estas características no debe salir de la cárcel», subrayó.

Por su parte, el letrado de la hermana y la hija de la víctima recalcó al jurado que la prisión permanente revisable no equivale a la cadena perpetua porque se revisa a los 25 años por si el preso está listo para salir o no. «Estamos ante una persona violenta, con una violencia machista», dijo. Y recordó que el interrogatorio de la primera sesión a José Rafael evidenció «la animadversión» a la familia más de dos años después; en este sentido, hay que recordar que la pareja, que se conoció por internet en 2005 y llevaban por tanto 12 años de relación cuando ocurrieron los hechos, convivía con la hija en común, con los padres de la víctima, la hermana y el sobrino de Cristina.

Este abogado mencionó que el acusado protagonizó tres intentos de autolesión en fechas anteriores al suceso sin llevar a cabo ninguno y concluyó que se trata del perfil del agresor machista. Sobre la alevosía, subrayó que la víctima era vulnerable. «La tenía a su merced para clavar dos o 28 puñaladas», aseveró.