Declaran no culpables a los policías acusados del homicidio

Josechu Guillamón
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El abogado de la acusación particular, Mariano López Ruiz, anuncia que recurrirá la sentencia ante el TSJ de Andalucía, puesto que la muerte del albacetense se produjo en Cádiz

Imagen de la Audiencia Provincial de Cádiz, donde se celebró el juicio. - Foto: E. P.

Los cuatro policías nacionales acusados de acabar con la vida del albacetense Juan Antonio Martín, el 4 de abril de 2015, frente a la iglesia del barrio Santa María de Cádiz, fueron declarados no culpables del delito de homicidio del que estaban acusados, por el que se enfrentaban a 15 años de prisión.

Un veredicto que se hizo esperar hasta aproximadamente las 23,30 horas del pasado miércoles, como explicaba a La Tribuna de Albacete el abogado de la familia del fallecido Mariano López Ruiz. «El veredicto se hizo esperar, se lo devolvieron al jurado, porque tenía muchas contradicciones, que todavía sigue teniendo, y falta de motivación, porque no dicen por qué estiman la legítima defensa, no dan ni una explicación».

Y es que aunque el jurado declaró que los cuatro procesados no eran culpables, si que consideró probado que los golpes que los cuatro agentes propinaron en la cabeza al albacetense fueron los que le causaron la muerte, como señalaba López Ruiz. «Los declararon no culpables, porque consideraron que había la eximente de legítima defensa y declararon probado que les dieron todos ellos golpes con la porra en la cabeza, que esas heridas fueron las que le provocaron la muerte, pero estiman que la Policía lo que hizo fue defenderse».  

Para el abogado de la familia del fallecido, el fallo del jurado es un disparate. «En mi opinión la sentencia entra dentro de la antología de disparates del Jurado, porque hablamos de cuatro policías contra una persona. Todos ellos iban armados con porras y entiendo que no había necesidad de defenderse hasta matarlo, cuando dicen que él iba armado con un destornillador». 

Por eso López Ruiz afirma que la actuación de la Policía fue desproporcionada, por lo que no se puede hablar de esa legítima defensa. «Si hubiera una persona con una pistola se puede entender, pero con un destornillador pequeño, no se entiende que le den golpes con tal fuerza que le hagan 15 heridas en la cabeza y lo maten y aplican la legítima defensa completa, no eximente incompleta, cuando hablamos de policías cuya obligación es proteger la vida».

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