Los consistorios esperan un decreto ley de urgencia

A.G
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El Gobierno ha de regular el proceso para que las entidades locales hagan uso de sus superávit del ejercicio anterior, que pueden sumar unos 30 millones de euros en la provincia

Reunión de la Comisión Nacional de Administración Local. - Foto: FEMP

Al igual que ha ocurrido en los últimos años, a falta de Presupuestos Generales del Estado, las entidades locales aguardan información del Gobierno para saber cómo y cuándo podrán invertir sus remanentes de tesorería, una opción que tienen limitada por la Ley Racionalización y Sostenibilidad de 2013.

Consistorios y diputaciones podrían tener pronto esa luz verde, según informó la Federación de Municipios y Provincias (FEMP), tras la reunión de reunión de la Comisión Nacional de Administración Local (CNAL), celebrada recientemente bajo la presidencia de su titular, Carolina Darias, y de la Ministra de Hacienda, María Jesús Montero, y con la participación de los representantes de la Administración Local encabezada por el presidente de la FEMP, Abel Caballero. Este aseguró que «salimos satisfechos», ya que el Gobierno se comprometió a aprobar, «con la mayor urgencia», un decreto ley que autorice a los gobiernos locales «a utilizar cuanto antes los casi 5.000 millones de euros de superávit que estos alcanzaron en 2019».

En el caso de los consistorios albacetenses, no se conoce aún la cifra exacta de fondos que podrían utilizar, ya que aún hay plazo para realizar las liquidaciones definitivas del ejercicio y el Ministerio de Hacienda. En cualquier caso, las previsiones pasan porque la cantidad sea igual o ligeramente inferior a la 2018, cuando sus cuentas  de ingresos y gastos depararon un saldo positivo de algo más de 31 millones de euros.

Cuando se apruebe el Decreto-Ley, los ayuntamientos sabrán a qué atenerse para iniciar los trámites previos a la inversión, a través de  expedientes de modificación de créditos que deberán ser aprobados en Pleno y posteriormente obtener la autorización ministerial. En cualquier caso, no podrán invertir el total de la cantidad mencionada, ya que algunos no cumplen otros requisitos fijados por Hacienda  (como haber destinado remanentes anteriores a liquidar deuda, en caso de tenerla) y el coste de las inversiones no debe suponer un incumplimiento de la regla de gasto.

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