Un juez obliga a resarcir las acciones de Banco Popular

M.O
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Es una sentencia pionera en la provincia según Segundo Dehesa, abogado que llevó la demanda

Un juez obliga a resarcir las acciones de Banco Popular - Foto: rubén serrallé

Un matrimonio albacetense que en 2015 compró más de 10.000 euros en acciones de Banco Popular podrá recuperar el dinero después de una sentencia del Juzgado de Primera Instancia 7 de Albacete que entiende que la información que la entidad daba de su liquidez y solvencia no fue veraz ni correcta. No hubo información adecuada para los clientes, y por tanto el contrato de compra de acciones estuvo viciado. La sentencia, que ahora admite recurso de apelación, obliga a indemnizar a los demandantes en 10.052,28 euros y al pago de las costas procesales. Banco Santander es la entidad que debe hacerse responsable de esos costes, porque fue BancoSantander la entidad que en junio de 2017 compró Banco Popular.

Otros tribunales de otras provincias habían emitido ya sentencias como ésta, dando la razón a los accionistas de Banco Popular frente a la entidad, pero esta es la primera sentencia así que se pone en Albacete, según aseguró el abogado Segundo Dehesa, que ha llevado esta demanda: «Tenemos más puestas, más de 20 por compra de acciones o ampliación de capital en Banco Popular; todo el que estuviera en esta misma situación le afecta, y está a tiempo de reclamar. Para Dehesa, el fallo es claro y deja patente que la información que ofrecía Banco Popular no era fiel a la situación de la entidad: «Esto es un Bankia 2», decía, en alusión al caso de Bankia. 

El matrimonio que será resarcido si no hay cambios en la decisión del Juzgado de Primera Instancia 7 compró las acciones en bolsa, a través de otra entidad, en verano 2015. Compraron 2.431 acciones de Banco Popular. Para el juez, no es relevante si los inversores conocían los riesgos de la operación cuando compraron las acciones, y explica la sentencia que «lo verdaderamente esencial es la veracidad de la información financiera anual o semestralmente suministrada en relación con la solvencia y expectativas económicas de Banco Popular». 

Añade a su vez el texto del fallo judicial que desde luego la información financiera «no se ajustaba al principio contable de representar la imagen fiel» del banco. El juez echa mano de los informes de la Comisión Nacional de Mercado de Valores que vieron irregularidades contables en informes de la entidad anteriores al ejercicio de 2015. 

Fuentes de Banco Santander consultadas por este diario informaron de que sus abogados presentarán recurso de apelación ante esta sentencia, un recurso que se tramitará ante la Audiencia Provincial de Albacete.