El Consejo de Administración del Albacete Balompié SAD hizo pública la convocatoria de la Junta General Ordinaria que tendrá lugar en el estadio Carlos Belmonte el próximo 20 de diciembre, a las 13 horas, en primera convocatoria, y en segunda convocatoria en el mismo lugar el día 21 a las 13.30 horas.
En el orden del día figuran cinco puntos, a saber:
I. Aprobación o censura de la gestión social.
II. Aprobación o censura de las cuentas anuales, informe de gestión y propuesta de aplicación de resultados del ejercicio
III. Nombramiento de auditor de cuentas para los ejercicios 2021/2022, 2022/2023 y 2023/2024.
IV. Delegación de facultades para la ejecución y elevación a público de los acuerdos precedentes.
V. Lectura y aprobación del acta de la junta.
En la convocatoria no se incluye ningún punto referido a ruegos y preguntas.
Por lo que respecta a las condiciones sanitarias de la pandemia del covd-19, la celebración de la junta se realizará "con observancia de todas las normas preventivas en vigor, así como servirse de las facultades que conceden la ley y los estatutos sociales". En consecuencia, será obligatorio el uso de mascarilla y respeto de la distancia de seguridad. El club "velará porque los asistentes se sitúen con la mayor distancia posible y cuenten en el acceso a las instalaciones con gel hidro-alcohólico".
Por último, para asegurar que las medidas se adecúen al número de asistentes, conforme prevé el artículo 16 de los estatutos sociales, será necesario que aquellos accionistas que deseen asistir a la Junta General comuniquen tal voluntad con una antelación mínima de cinco días. Para ello, deberán dirigir la comunicación a la siguiente dirección de correo electrónico: club@albacetebalompie.com. En caso de no realizarse dicha comunicación previa, la mesa de la Junta General estará facultada a no autorizar el acceso del accionista correspondiente o de su representante.
Por último, el Consejo de Administración recordó que, además de la comunicación previa, conforme al citado artículo 16 de los estatutos de la sociedad, únicamente podrán asistir a las Juntas Generales, por sí o representados, los titulares de al menos cien acciones inscritas a su nombre en el Registro de Acciones nominativas de la Sociedad, atendiendo a la modificación estatutaria que se efectuó en su día. Los titulares de acciones en número inferior podrán agruparse hasta alcanzar el mínimo exigido.