Condenan a Visión 6 por vulnerar derecho al honor de Amiab

Redacción
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El fallo establece una indemnización de 30.000 euros en concepto de reparación por el deterioro y perjuicios ocasionados durante tres años, a través de la emisión de más de una veintena de vídeos

Imagen de archivo de las instalaciones de Amiab. - Foto: R.S.

El Juzgado de primera instancia 1 de Albacete condena a Cable Televisión Albacete S.L.U., propietaria de Visión 6, por vulnerar el derecho al honor de Amiab, a través de 21 vídeos emitidos en sus informativos entre febrero de 2018 y mayo de 2019, que la cadena de televisión también difundió en su página web y perfiles en redes sociales, así como en su canal en Youtube.

El procedimiento judicial, iniciado por Amiab «como respuesta a la campaña de descrédito y difamación emprendida por Visión 6» -según informaron en una nota-, acaba de tener sentencia, que concluye que la cadena de televisión vulneró el derecho al honor de los demandantes y en la que se le condena a retirar los vídeos tanto de su web como de sus redes sociales y canal en Youtube, así como a no volver a publicar los citados vídeos y a difundir el fallo de la sentencia, en el mismo programa en que se emitieron. También a que se publique la resolución judicial en la página web de Visión 6 Televisión.

El fallo fija una indemnización cifrada en 30.000 euros en concepto de reparación por el deterioro y perjuicios ocasionados durante tres años, a través de la emisión de estos vídeos a la imagen, reputación y el honor de Amiab y de su director general, Pedro Sáez.

En la sentencia se considera probado que a través de estos vídeos se pretendía «dar la impresión de que se está informando pero no se da información. En efecto, se sigue el tono o pauta de los programas informativos, se intenta hacer ver que hay un periodismo de investigación detrás, pero lo cierto es que no se trata de hechos contrastados sino que están basados en una suposición que nunca se demuestra; se construye un caso creando sensaciones de evidencia». Asimismo en la sentencia, sobre la que aún cabe recurso, se reprueba que en estos vídeos se realizaron acusaciones que, por su gravedad, deberían haber estado avaladas «por un riguroso proceso de investigación y contraste, circunstancia que nunca se produjo».

Por último, también se considera probado el «indudable desprestigio que para una asociación sin ánimo de lucro como Amiab, reconocida a nivel nacional, supuso la difusión de los vídeos».

La sentencia ha sido recibida con satisfacción en Amiab. Su presidenta, Encarnación Rodríguez, valora que el fallo judicial «ha hecho justicia y de alguna forma repara el profundo daño que se ha hecho de forma gratuita a una asociación sin ánimo de lucro como es Amiab».