La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Albacete juzga mañana martes a un hombre que se enfrenta a 15 años de prisión por un delito continuado de agresión sexual a un menor de 8 años. La Fiscalía también solicita que el procesado no pueda acercarse a su víctima, ni a su vivienda o lugar de trabajo, ni comunicar con él por ningún medio y que esté en libertad vigilada por un periodo de diez años de duración.
Según el escrito de acusación elaborado por el Ministerio Público, desde el 22 de noviembre de 2018 hasta el 25 de diciembre de ese mismo año, el acusado W.A.U.R. de nacionalidad venezolana, sin antecedentes penales se quedó al cargo del menor de 8 años, A, hijo de su compañera sentimental en esa fecha, toda vez que la pareja se marchó a trabajar al Reino Unido con la intención de que su hijo, A, y el procesado se reunieran allí con ella, B cuando ésta hubiera conseguido estabilidad económica, confiando hasta entonces el cuidado de su hijo mejor de 8 años al procesado.
Hechos. Una vez que B, se marchó a Reino Unido, y durante el periodo que señala la Fiscalía, el procesado además de tratar al menor con evidente menosprecio y ánimo de denigrarlo, diciéndole "eres estúpido", "no vales nada", "te odio", y siendo consciente de la absoluta dependencia del menor al procesado, quedando el niño totalmente sometido al arbitrio de la voluntad de aquél, procedió con ánimo libidinoso en diversas ocasiones, según el escrito de la Fiscalía, a tocar el pene al menor, exigiéndole también al menor, A, que le tocara el pene al procesado, llegando este en tres ocasiones, a penetrar analmente al menor, sin que el niño contara nada a su madre cada vez que ésta contactaba con él desde Reino Unido por temor a que el procesado tomara represalias contra él y su madre, ya que el acusado le amenazaba con que "mataría a su madre si contaba algo de lo que hacía". Una vez que se produce la ruptura de la relación, la madre se lleva al menor a vivir con ella, donde A, comenzó a tener pesadillas, pérdida de control de esfínteres y episodios de agresividad, relatando a su madre lo ocurrido con el procesado. El menor, como consecuencia de lo ocurrido con el procesado sufrió secuela psíquica consistente en un trastorno de estrés postraumático, y precisó de tratamiento psicológico, invirtiendo en su curación 150 días de perjuicio básico y 30 de perjuicio moderado. Por último, el procesado deberá indemnizar al menor A, con la cantidad de 15.000 euros por las lesiones psíquicas y en 40.000 por el daño moral causado.
Además, por Auto de Juzgado de Instrucción número, 2 de Albacete y con fecha del 23 de diciembre de 2020, se acordó imponer al acusado la medida cautelar penal consistente en la prohibición a aproximarse a menos de 500 metros a la ex pareja y al menor, a su domicilio, a su lugar de trabajo y cualquier otro frecuentado por los mismos, y de comunicarse con ellos por cualquier medio, verbal, escrito, telefónico, telemático u otro, ambas prohibiciones durante la tramitación de la presente causa.
Los hechos, según el escrito de la Fiscalía, son constitutivos de un delito continuado de agresión y s ele imputa también tres delitos de agresión sexual por lo que piden diez años de prisión por el delito continuado más 15 por los tres delitos de agresión sexual.