La laberíntica elección de la Diputación de Albacete

E.F
-

El Gobierno del 'ayuntamiento de ayuntamientos' se decidirá una vez más mediante un complicado método indirecto que lleva sin actualizarse desde la celebración de las primeras elecciones municipales democráticas, en el año 1979

Fotografía de archivo de unos de los últimos plenos de la Diputación de Albacete. - Foto: R.S.

La Diputación Provincial de Albacete es una institución que gestiona importantes recursos humanos, técnicos y económicos. Su presupuesto supera los 151 millones de euros de los que 141 corresponden a la Corporación provincial y el resto a organismos como Gestalba, el Instituto de Estudios Albacetenses, el ITAP y Fundescam. En toda la provincia, sólo la capital tiene más presupuesto, casi 180 millones.

Pero, a pesar de ello, los diputados provinciales todavía se eligen mediante un complicado sistema indirecto que no se actualiza desde  la celebración de los primeros comicios municipales democráticas de 1979. Un método que a veces es complicado de comprender incluso para los supuestos entendidos, sean políticos o periodistas.

La excepción. La Diputación Provincial de Albacete es un órgano de elección indirecta. Su composición se establece a partir de los resultados de las elecciones locales, en las que se eligen los representantes políticos de los Ayuntamientos. A fecha de hoy, los diputados provinciales son los únicos cargos electos de segundo grado.

El resto, sean concejales, diputados regionales, nacionales, senadores o parlamentarios europeos, se eligen por sufragio universal directo. Las disposiciones especiales para la elección de diputados provinciales están reguladas por la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.

El número. El número de diputados provinciales se determina según el número de habitantes de cada provincia, de acuerdo con una escala fijada por la citada Ley Orgánica, en su artículo 204(a).

En el caso de Albacete, se eligen 25 diputados, ya que en nuestra provincia hay menos de 500.000 habitantes, 385.727 de acuerdo al último padrón de habitantes elaborado por el Instituto Nacional de Estadística (INE) y publicado el 21 de diciembre de 2022.

La circunscripción.  Ni la provincia ni el municipio, sino los partidos judiciales que estaban vigentes en 1979: Albacete, con 36 ayuntamientos; Alcaraz, con 19; Hellín, con 13; La Roda, con 10 y Almansa, con nueve.

Este mapa, no obstante, sufrió un cambio en 1999, cuando el partido de Albacete 'ganó' un municipio debido a la segregación de Pozo Cañada. En cada partido se elige un número de diputados. En Albacete, el mayor, se eligen 15; en la Roda se eligen cuatro; en Hellín, son tres; en Almansa, otros tres y en Alcaraz sólo uno.

La elección. Una vez elegidos los casi 800 concejales que corresponden a Albacete, los escaños de las diputaciones se reparten en cada partido judicial, según nuestra vieja conocida Ley D'Hondt, entre aquellos partidos que han obtenido algún concejal y según el número de votos conseguidos por cada uno. 

Los nombres. El proceso no acaba aquí, porque  los diputados provinciales concretos, con nombres y apellidos, que corresponden a cada formación política se eligen entre y por los concejales de cada de cada uno de los cinco partidos judiciales que se toman como referencia en la provincia. 

La constitución. Si no hay recursos ni hay que repetir elecciones en algún municipio, las diputaciones se constituyen poco después de la constitución de los Ayuntamientos. Si hay algún recurso contencioso-electoral, la constitución se congela hasta su resolución pero si hay que repetir elecciones en algún término municipal, la constitución no se pospone, aunque después hay alguna alteración de la atribución de puestos.

(Más información en la edición impresa o en la APP https://latribunadealbacete.promecal.es)