Condenado a 20 años y un día de cárcel por asesinar a su mujer

EP
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La Audiencia Provincial de Guadalajara ha condenado a A.M.C. a 20 años y un día de cárcel por el asesinato con alevosía de su mujer el 29 de mayo de 2021 en Alovera (Guadalajara), tras asestarle diez puñaladas después de una discusión entre ambos.

A.M.C., condenado por matar a su mujer en Alovera, durante el juicio. - Foto: EP

La Audiencia Provincial de Guadalajara ha condenado a A.M.C. a 20 años y un día de cárcel por el asesinato con alevosía de su mujer el 29 de mayo de 2021 en Alovera (Guadalajara), tras asestarle diez puñaladas después de una discusión entre ambos, dándose el agravante añadido de parentesco y sin que concurra ninguna circunstancia atenuante.

Además, dicha sentencia, conforme al veredicto de culpabilidad del Tribunal de Jurado que el pasado 24 de octubre condenaba por asesinato al acusado, recoge también que procede imponer al autor confeso del crimen la medida de libertad vigilada por tiempo de cinco años para su cumplimiento posterior a la pena privativa de libertad.

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el condenado, en prisión provisional por esta causa desde el el 31 de mayo de 2021, también tendrá que hacerse cargo del pago de las costas procesales, incluidas las causadas a la acusación particular, y en concepto de responsabilidad civil tendrá que indemnizar a los padres de la víctima, G.T.G. y G.G., en la cantidad de 47.000 euros a cada uno de ellos; y a los hermanos, O.A.G. y V.C.G., en la cantidad de 17.500 euros a cada uno de ellos, al considerar que "han sufrido un duro golpe derivado de la muerte" de su familiar, que les debe ser indemnizado.

El pasado 24 de mayo, el Tribunal del Jurado declaraba a A.M.C. culpable de asesinar con alevosía y con el agravante de parentesco a su esposa N.C.G en mayo de 2021, tras una discusión de la pareja en la que él le propinó diez puñaladas, todo ello sin que se haya apreciado ningún atenuante de arrebato ni de confesión pero tampoco el agravante de violencia de género.

Según recoge ahora la sentencia, está claro que hubo intención de matar por parte acusado como así lo determinan las heridas causadas a la víctima y el arma empleada. Además, "lejos de efectuar cualquier acto dirigido a mitigar los efectos de la agresión, como recoge el Jurado, llamó primero por teléfono a su sobrino, que vivía en el otro bloque, y a su hermana y, tras anunciarles que había matado a su mujer, llamó al 112, a quien igualmente les dijo que la había matado, colgando el teléfono cuando fueron a ponerle en contacto con un médico".

También recoge que el acto de matar se verificó de forma sorpresiva, sin posibilidad de que la víctima pudiera hacer una defensa eficaz, lo que fue buscado de propósito por el autor.

El Ministerio Fiscal pedía para el acusado una pena de 25 años de cárcel, la misma que solicitó la acusación particular, por entender que está en el rango que correspondía. Por su parte, la Defensa pedía 17 años y seis meses de cárcel.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha, en el plazo de diez días.