La Ley Trans hace que crezcan las peticiones de cambio de sexo

Josechu Guillamón
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En dos meses de funcionamiento de la nueva normativa, cerca de 30 de personas han presentado su petición para modificar su género sexual en el Registro Civil, frente a las cuatro que lo hicieron en todo 2022

Imagen de archivo de una marcha del Día del Orgullo Lgtbi. - Foto: José Miguel Esparcia

El pasado 28 de febrero era publicada en el Boletín Oficial del Estado la Ley para la Igualdad real y efectiva de las Personas Trans y para la garantía de los derechos de las personas Lgtbi  (Lesbianas, gais, transexuales, bisexuales e intersexuales), conocida popularmente como Ley Trans. 

 En uno de sus artículos, concretamente en el punto 3 del artículo 44,  se establece que: «El ejercicio del derecho a la rectificación registral de la mención relativa al sexo en ningún caso podrá estar condicionado a la previa exhibición de informe médico o psicológico relativo a la disconformidad con el sexo mencionado en la inscripción de nacimiento, ni a la previa modificación de la apariencia o función corporal de la persona a través de procedimientos médicos, quirúrgicos o de otra índole».

Esta ausencia de condiciones y requisitos a la hora de solicitar un cambio de sexo, salvo la propia palabra del interesado, han provocado que en la provincia de Albacete se hayan multiplicado las peticiones para hacer esta gestión en el Registro Civil, que actualmente tiene su sede en la Ciudad de la Justicia. 

En concreto, desde la puesta en marcha de esta ley; es decir, aproximadamente en dos meses, una treintena de personas se han acogido a esta norma, unas cifras abultadísimas, especialmente si las comparamos con los cuatro expedientes de cambio de sexo que se tramitaron en el Registro Civil de Albacete en todo el año 2022.

Hay que destacar que el cambio de sexo en la documentación de los solicitantes no es inmediato, ya que una vez que se presenta la solicitud para modificar el  genero sexual, el Registro pedirá la comparecencia de estos solicitantes para que expresen su disconformidad con el sexo que consta en su inscripción de nacimiento y la solicitud de que, en consecuencia, se proceda a la correspondiente rectificación, tal y como recoge la ley. «En la comparecencia se deberá incluir la elección de un nuevo nombre propio, salvo cuando la persona quiera conservar el que ostente y ello sea conforme a los principios de libre elección del nombre propio previstos en la normativa reguladora del Registro Civil».

En este sentido, el juez decano de Albacete y magistrado responsable del Registro Civil, Pedro Benito López Fernández, señalaba que ya se han producido algunas de estas primeras comparecencias, aunque aún no se ha efectuado ningún cambio de sexo. «Actualmente las personas que quieren cambiar de sexo en el Registro Civil tienen que realizar dos comparecencias y por el momento ya se han efectuado algunas de las primeras comparecencias».

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